Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 22/4/2019
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 48, lunes 22 de abril de 2019
que el recurrente que no goce del beneficio de justicia gratuita acredite, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena, que podrá sustituirse por el aseguramiento mediante aval bancario, y además efectuar un depósito de 300 euros, que ingresará con independencia a la consignación debiendo el recurrente hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado, al tiempo de interponer el Recurso de Suplicación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Compañía de Personal Operativo Internacional Services, S.L., en ignorado paradero, y haciéndole saber que
las Resoluciones íntegras se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado y que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en la oficina judicial, expido la presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
En Las Palmas de Gran Canaria, a tres de abril de dos mil diecinueve.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA.
46.560
Franqueo
BOLETÍN OFICIAL
concertado
DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS
23/1
GOBIERNO DE CANARIAS
Año XCIV
Lunes, 22 de Abril de 2019
Número 48