Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/06/2022 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCXC - Nº 118
CORDOBA, R.A. VIERNES 10 DE JUNIO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

res no habilitados, incluidos los rellenos sanitarios. La presente prohibición se hace extensible a los Usuarios finales, como a los Generadores o los comercios habilitados para la venta de Neumáticos. Asimismo, quedarán igualmente prohibidas las actividades comerciales de eliminación de los NFU que consistan en su destrucción total y parcial por simple incineración a cielo abierto u otros sistemastales como su deposición en vertederos o - que no impliquen algún proceso de valorización de éstos. Se fija una multa de 10 veces el valor de la Tasa que refiere el Art. 6º a quién o quienes infrinjan esta prohibición.
Art 4º.- Disponer el inmueble ubicado en calle Catamarca esq. Camino Rural de Alejo Ledesma, perteneciente a la Planta de Recupero de Residuos, como Centro de Almacenamiento Transitorio CAT de NFU a los fines de su posterior traslado a los Gestores de NFU en los centros de reciclados.
Art 5º.- El generador del NFU y el Distribuidor, solidariamente al mismo, deberá pagar una tasa de almacenamiento, traslado y reciclado de NFU por unidad conforme a la siguiente progresión:
Neumático de Moto y Cuatriciclo $ 425
Neumático de Automóvil $ 850
Neumático de Camioneta $ 1.275
Neumático de Transporte / Camión y Colectivo $ 1.700
Neumático de Agro/Vial $ 6.375
Neumático de Aeronavegación $ 12.750
Neumático OTR Fuera de Ruta $ 21.250
Quedan exentos del pago de la tasa todos los contribuyentes inscriptos en el Registro de Inspección de la Municipalidad, no alcanzando esta excepción a los que inscriptos tengas sus casas Matrices o Centrales fuera de la localidad.
La tasa fijada en el presente artículo, deberá ser actualizada por ordenanza tarifaria anual. Art 6º.- El Centro de Almacenamiento Transitorio autorizado como Gestor de NFUs, será el encargado de recepcionar los NFU, informar al área correspondiente del municipio cada uno de los NFU recepcionados para que confeccione la liquidación según corresponda de acuerdo al Artículo anterior, debiendo los contribuyentes ingresar a las arcas Municipales el importe resultante de los certificados ANEXO A de la presente Ordenanza. Dicho Centro de Almacenamiento Transitorio será responsable de gestionar la emisión del certificado y la disposición final de los NFUs cuya propiedad se traslada al encargado de la Disposición Final a partir del retiro del Centro de Almacenamiento Transitorio.
Art 7º.- La tasa creada en el art. 5º tendrá como vencimiento los días 25 de cada mes posterior a la emisión del certificado del Anexo A.
Art 8º.- La autoridad de Aplicación será responsable de llevar un Registro de Generadores de NFU en el cual se inscriban las empresas generadoras y se consignen anualmente las cantidades de Neumáticos
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depositados y retirados del CAT y los Anexos certificados que se emitan.
Asimismo a manera de DDJJ los Generadores de NFU deberán consignar en dicho registro los Números de Certificados de Disposición Final que emitan los Gestores de NFU a los que los Generadores encarguen el tratamiento de sus Neumáticos. La cantidad de NFU incluidos en los certificados de disposición final nunca podrá ser menor a la cantidad de NFU
consignada en los Anexos del año calendario que correspondan.
Art 9º.- A partir de los 4 meses desde la promulgación de la presente Ordenanza, cuando se detecten NFU en basurales o rellenos sanitarios cuyo objeto sea la recepción de residuos domiciliarios o cualquier otro lugar en el que se almacenen fuera del centro previsto en el Art. 5º, serán trasladados al Centro de Almacenamiento Transitorio de la manera que lo disponga la Autoridad de Aplicación y además se dispone que la tasa del Art. 5º será conforme a la siguiente escala: hasta 100 NFU el doble de la tasa por unidad;
desde 101 a 1000, la tasa triplicada, y desde 1001 en adelante cuatro veces el monto de la tasa por unidad. En el caso de generadores que evidencien un eficiente cumplimiento fiscal con certificados emitidos y pagados en tiempo y forma, la presente tasa agravada se disminuirá a la mitad.
Art 10.- La Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza tendrá a su cargo o dispondrá la forma en que se procederá a la detección y traslado al Centro de Almacenamiento Transitorio y determinación de la tasa de los NFU que se encuentren en las circunstancias previstas en el Artículo 9º confeccionando un Anexo B con dichos ingresos.
Art 11.- El Flete de los NFU hasta el centro de almacenamiento transitorio está a cargo de los consumidores o usuarios finales o de los eslabones intermedios de comercialización. El flete desde el centro de almacenamiento hasta el Centro de Tratamiento a cargo de éste último. La Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza reglamentará la forma en que se trasladan los NFU que se generen en este Municipio.
Art 12.- Será Autoridad de Aplicación Municipal de la presente Ordenanza la Oficina de Medio Ambiente de la Municipalidad de Alejo Ledesma o quien la reemplace en el futuro. Art 13.- Autorizase al DEM a suscribir los convenios que sean necesarios para llevar adelante las tareas de reciclado y tratamiento de NFU
y la contratación del lugar del Centro de Almacenamiento Transitorio y el traslado de los NFU desde el lugar público o privado en que se encuentren hasta el mismo.

Art 14.- Comuníquese, publíquese, dese al registro municipal y archívese.

DADO en Alejo Ledesma a los 03 días del mes de noviembre de 2021.Fdo. Ab.Jorge Fischer, Presidente del HCD; Carina Gregorio, Sec. de Actas del HCD.1 día - Nº 388131 - s/c - 10/06/2022 - BOE

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/06/2022 - 5º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaeseArgentina

Data11/06/2022

Conteggio pagine6

Numero di edizioni1516

Prima edizione31/07/2018

Ultima edizione27/09/2024

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