Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/01/2021 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

la salud de todos los habitantes.-

AÑO CVIII - TOMO DCLXXIII - Nº 18
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

prevenir y mitigar el efecto de contagio y hacer todo lo posible para proteger y cuidar a nuestra población.-

ART. 6º.- COMUNÍQUESE, Publíquese, infórmese, dese al Registro Municipal y Archívese.Fdo.: MARTÍN GONZALO ROLAND - Secretario de Gobierno.- JORGE
EDUARDO ROLAND - Intendente Municipal.-

ATENTO A TODO ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE POZO DEL MOLLE
EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE EL CARGO LE
CONFIERE DECRETA

1 día - Nº 293794 - s/c - 27/01/2021 - BOE

DECRETO 108/2020
Pozo del Molle, 06 de Octubre de 2020.VISTO:
Toda la situación de público conocimiento en referencia al Coronavirus COVID 19 y que la misma fue declarada pandemia por la Organización Mundial de la Salud, que en la actualidad afecta a nuestro pueblo.Y CONSIDERANDO:
Las medidas adoptadas por el Ministerio de Salud de la Nación, que han dictado un Decreto de Necesidad y Urgencia, tendiente a paliar la propagación del mismo y la autonomía municipal consagrada tanto en la Constitución Nacional como en la Constitución Provincial;
Que en consonancia con la OMS y el Gobierno Nacional, observando las recomendaciones de los Organismos Internacionales y las Autoridades Sanitarias del Centro de Operaciones de Emergencia y autoridades Científicas, es nuestra intención tomar todas las medidas necesarias para
MUNICIPALIDAD DE

san jose
DECRETO Nº 01 /2021
San José, Departamento San Javier, Provincia de Córdoba, 15 de Enero de 2021
Y VISTO:
La declaración de la emergencia pública de carácter sanitario, establecida por el Gobierno Nacional mediante el Decreto de necesidad y urgencia Nº 260/20 en el marco de la Ley Nacional 27541, sus normas modificatorias y complementarias y la sanción de la Ordenanza N 641/2020 de fecha 04
de Mayo, Y CONSIDERANDO:
Que conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Ley N 10690, la Provincia de Córdoba se encuentra adherida a la referida emergencia pública de carácter sanitario;
Que en el marco de la emergencia sanitaria declarada, en los distintos niveles estaduales Nación, provincias, municipios y comunas, se disponen las medidas de organización y ejecución del sistema de salud, tanto en el sector público como en el privado a efectos de centralizar el manejo de las acciones necesarias que requiera la situación, quedando facultado a la toma de medidas y ejecución de acciones sanitarias de excepción, en el marco de la emergencia decretada;

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

ART. 1º.- AMPLÍESE el horario de comercio para las actividades esenciales y no esenciales, en un horario de ocho horas laborales, el cual podrá de ser forma continua o discontinua en el margen horario que comprende entre las 08:00 a 20:00 horas de lunes a sábados, mientras que el día Domingo solo podrán abrir los comercios de abastecimiento y de cercanías de 08:00 a 13:00 horas.ART. 2º.- ESTABLÉCESE que el presente decreto complementa al decreto Nº 104 de fecha 16 de Septiembre de 2020.ART. 3º.- ESTABLÉCESE que el presente decreto comenzará a regir a partir del día sábado 10 de Octubre de 2020, pudiendo modificar los plazos a criterio del D.E.M.ART. 4º.- COMUNÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal y Archívese.Fdo.: MARTIN GONZALO ROLAND - Secretario de Gobierno.- JORGE
EDUARDO ROLAND - Intendente Municipal.1 día - Nº 293804 - s/c - 27/01/2021 - BOE

Que por Resolución N 311/2020 dictada por el Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba y sus modificatorias Resolución Nº 382/2020, se dispuso la creación de un órgano de actuación interdisciplinario conformado por distintas instituciones nacionales, provinciales y municipales; el denominado Centro de Operaciones de Emergencia C. O. E. Central, con el fin de concretar la planificación, organización, dirección, coordinación y control de todas las acciones referidas a los eventos adversos relacionados con la pandemia ocasionada por el coronavirus Covid-19;
Que la Municipalidad de San José adhiere al conjunto de protocolos establecidos por el C.O.E provincial y regional, referidos a las recomendaciones de bioseguridad en el manejo de óbitos y servicios de sala.
POR ELLO, EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, DECRETA:
ART. 1.- ADHIERASE a los nuevos protocolos emitidos por el COE de la provincia de Córdoba, en referencia a la posibilidad de llevar adelante velatorios de fallecidos tanto por COVID 19 cuanto por otras causas no imputables a la pandemia.
ART. 2.- COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal, archivese.FIRMADA POR EL INTENDENTE MUNICIPAL SR. HUGO GOMEZ Y EL SECRETARIO DE GOBIERNO SR. JOSE AGUERO.
1 día - Nº 294146 - s/c - 27/01/2021 - BOE

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/01/2021 - 5º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaeseArgentina

Data27/01/2021

Conteggio pagine2

Numero di edizioni1438

Prima edizione31/07/2018

Ultima edizione30/05/2024

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