Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/01/2021 - 5º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)
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LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS
AÑO CVIII - TOMO DCLXXIII - Nº 9
CORDOBA, R.A. JUEVES 14 DE ENERO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
social se encuentre localizada en su territorio municipal, indicando el monto correspondiente al financiamiento.
Que mediante la Cláusula Cuarta del CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN AL PROGRAMA FEDERAL ARGENTINA CONSTRUYE SOLIDARIA, celebrado con fecha 22 de Octubre de 2020, entre el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat y la Provincia de Córdoba, se designó al Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar de la Provincia de Córdoba como Autoridad Responsable Provincial con competencia y facultades para suscribir los Convenios Marco de Adhesión entre la PROVINCIA y los MUNICIPIOS y/o todo otro acto y/o Convenio Específico y/o de Implementación del referido CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN.
POR TODO ELLO, las Partes acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por las cláusulas que se transcriben a continuación:
CLÁUSULA TERCERA: La Provincia se compromete a gestionar, una vez recibidos y aprobados los listados de las entidades beneficiarias, la transferencia del Estado Nacional por hasta la suma de PESOS trescientos mil $300.000 para ser imputados a favor de organizaciones correspondientes al municipio.
CLÁUSULA PRIMERA: El Municipio adhiere a los postulados y objetivos del PROGRAMA FEDERAL ARGENTINA CONSTRUYE SOLIDARIA, creado por la Resolución del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT DE LA NACIÓN Nº 53 de fecha 13 de julio de 2020, y a sus correspondientes Anexos, comprometiéndose a velar por la plena implementación de lo allí estipulado.
CLÁUSULA QUINTA: El Municipio será el único responsable por la evaluación y preselección de las entidades que resulten pre adjudicatarias de los financiamientos a otorgar, así como y de realizar el seguimiento de las obras que se realicen por parte de las entidades con los fondos de la asistencia. El Municipio deberá, a través de acto administrativo fundado, realizar la selección de organizaciones beneficiarias, verificando el cumplimiento de los requisitos exigidos en las Bases y condiciones del Programa Federal ARGENTINA CONSTRUYE SOLIDARIA, consignando los datos de ubicación, personería de cada entidad y monto que se les asignaría.
CLÁUSULA SEGUNDA: El Municipio, para la implementación del PROGRAMA FEDERAL ARGENTINA CONSTRUYE SOLIDARIA, empleará sus mayores esfuerzos para el cumplimiento de los objetivos del mismo, dictará las normas necesarias para su plena implementación, realizará la evaluación y preselección de las entidades pre-adjudicatarias emitiendo constancia de factibilidad de la obra, determinará los montos de los financiamientos a otorgar de acuerdo a la pertinencia del presupuesto presentado por las entidades solicitantes y realizará el seguimiento y control de las obras que se ejecutarán por parte de las entidades con los fondos de la asistencia.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
CLÁUSULA CUARTA: Los fondos que se transfieran en el presente Programa quedan sujetos a su rendición de cuentas documentada de acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº31/2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT de la Nación, REGLAMENTO GENERAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT
PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE FONDOS PRESUPUESTARIOS
TRANSFERIDOS A PROVINCIAS, MUNICIPIOS Y/U OTROS ENTES.
CLÁUSULA SEXTA: A los efectos del cumplimiento del Programa Federal ARGENTINA CONSTRUYE SOLIDARIA, la Comuna designa al Arquitecto Lisandro Garcia, DNI N 30.180.498 como responsable de la ejecución del mismo.
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, se firman DOS 2 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto a los 01 días del mes de diciembre de 2020.
8 días - Nº 292627 - s/c - 15/01/2021 - BOE
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