Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/05/2020 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad
del General Manuel Belgrano
MIÉRCOLES 20 DE MAYO DE 2020
AÑO CVII - TOMO DCLXV - Nº 117
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MUNICIPALIDAD DE

5

a SECCION

ALPA CORRAL

DECRETO N1659/2020
Alpa Corral, 11 de mayo de 2020.VISTO: Las disposiciones de los Decretos Nacionales N260/2020, del 12/03/2020; N297/2020, del 19/03/2020;N325/2020, del31/03/2020;
N 351/2020, del 08/04/2020; N 355, del 11/04/2020;N408/2020, del 26/04/2020; y N 458/2020, del 10/05/2020; y de los Decretos Municipales N1641/2020, del 13/03/2020; N1642/2020, del 17/03/2020; N1646/2020, del 20/03/2020;N1652/2020, del día 30/03/2020; N1653/2020, del 13/04/2020; y N 1655, del 27/04/2020.
Y CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto N260/20, el Presidente de la Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N 27.541
por el plazo de un 1 año en virtud de la pandemia de la enfermedad Covid-19 declarada con fecha 11 de marzo del corriente año por la Organización Mundial de la Salud OMS.

Que, en función de lo anterior, por Decreto Municipal N1641/2020 modificado por Decreto Municipal N1642/2020 se declaró la Emergencia Preventiva Sanitaria en la localidad de Alpa Corral por el plazo de treinta 30 días corridos, en atención a la situación epidemiológica de Pandemia ocasionadapor el virus SARS-CoV-2, que fue prorrogada por treinta 30 días corridos más, mediante Decreto N1653/2020, dictado el día 13 de abril de 2020.
Que, mediante Decreto Nacional N 297/2020, se estableció para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio y la prohibición de desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el contagio del virus SARS-CoV-2.
Que, con posterioridad, el Presidente de la Nación dictó los Decretos N325/ 2020;N 355/2020; N408/2020; y 458/2020 por los que dispuso la prórroga del plazo establecido en el Decreto Nacional N 297/2020 desde el 31 de marzo hasta el 12 de abril, primero; luego, desde el 13 de abril al 26 del mismo mes inclusive; posteriormente, desde el 27 de abril al 10 de mayo, inclusive;y, finalmente, desde el 11 de mayo hasta el 26 del mismo mes y año, inclusive.
Que, con la finalidad de permitir el cabal cumplimiento del referido aislamiento social, preventivo y obligatorio, la Municipalidad de Alpa Corral dictó el Decreto N1646/2020 por el que se otorgó asueto al personal de la Administración Pública Municipal durante los días 20, 25, 26, 27 y 30 de marzo de 2020 y, con posterioridad, se dictaron los DecretosN1652/2020;N1653/2020; y N1655/2020 por el que dispusieron sucesivas prórrogas de esa medida desde el día 1 de abril hasta el día 10 de mayo de 2020, inclusive.
Que, en función de la referida prórroga dispuesta por el gobierno nacional, debe ordenarse la extensión de la Emergencia Preventiva Sanitaria BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS

SUMARIO
MUNICIPALIDAD DE ALPA CORRAL
Decreto N 1659/2020 Pag 1
Decreto N 1661/2020 Pag 2
Decreto N 1660/2020 Pag 3
MUNICIPALIDAD DE COLONIA CAROYA
Ordenanza N 2339/2020 Pag 3
Ordenanza N 2338/2020 Pag 8
COMUNA DE LAS PLAYAS
Resolución N 019/2020 Pag 9

en la localidad de Alpa Corral y, consecuentemente, la extensión del asueto de la Administración Municipal hasta el día 24 de mayo inclusive.

Que corresponde dictar las medidas pertinentes que, en el orden local, garanticen la afectiva aplicación de las regulaciones dispuestas en el orden nacional.
POR ELLO, LA INTENDENTE MUNICIPAL DE LA LOCALIDAD DE ALPA CORRAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1:PRORRÓGASE, por el plazo de treinta 30 días corridos, la Emergencia Preventiva Sanitaria para la localidad de Alpa Corral, en atención a la situación epidemiológica ocasionada por el virus Covid-19.
ARTÍCULO 2: OTÓRGASE asueto al personal de la Administración Pública Municipal desde el día 11 de mayo hasta el día 24 de mayo de 2020, inclusive,a los fines de permitir el cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido en el Decreto Nacional N297/2020 y sus prórrogas.
ARTÍCULO 3: PRORRÓGANSE las licencias extraordinarias acordadas en los Decretos Municipales N 1641/2020 y N 1642/2020 al personal municipal.
ARTÍCULO 4:EXCEPTÚANSE del asueto dispuesto en el artículo anterior:
a Las autoridades superiores del gobierno municipal y los agentes municipales que sean convocados para garantizar actividades esenciales.
b El equipo de salud municipal.
c El personal afectado al mantenimiento de los servicios básicos de agua, alumbrado público, comunicaciones y atención de emergencias.
d El personal afectado al servicio de recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/05/2020 - 5º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaeseArgentina

Data20/05/2020

Conteggio pagine10

Numero di edizioni1419

Prima edizione31/07/2018

Ultima edizione04/05/2024

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