Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/03/2020 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVI - TOMO DCLXIII - Nº 65
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 25 DE MARZO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

LA COMISIÓN COMUNAL DE LAS CALLES
USO DE SUS ATRIBUCIONES SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCIÓN:

6 Debe evitar disponer de cubiertos, platos, vasos, saleros, etc. en las mesas antes de la llegada de los comensales. No se deberán disponer alimentos con anticipación pan, etc.

ARTICULO 1: DISPONER el cierre preventivo hasta el 31 de marzo de 2.020 de La Sala Cuna Comunal debiendo proveer de las viandas de alimentación.

7 Los manteles deben recambiados por cada consumición, o utilizar individuales descartables.-

ARTICULO 2: DISPONER que Todos los Establecimientos Institucionales, deberán restringir la atención al público permitiendo el ingreso de una persona por vez. ARTÍCULO 3: PRORROGAR el vencimiento de todos los tributos comunales hasta el 01 de abril de 2.020.
ARTICULO 4: APROBAR los anexos I y II de recomendaciones que forman parte del presente. ARTICULO 5: SUSPENDER todos los talleres y actividades comunales, hasta el 31 de marzo del corriente año.-

8 Los baños deberán ser desinfectados permanentemente, y aprovisionados con alcohol en gel, jabón líquido, toallas descartables y contenedores de residuos para desechar las toallas.
9 El personal que manipule alimentos deberá extremar las medidas de protección, seguridad e higiene, utilizando en todos los casos barbijo.
10La atención al público se realizará manteniendo una distancia mínima de dos metros, se procurará la mínima permanencia de la clientela.Artículo 2: Ante el incumplimiento de alguna de las medidas establecidas en el artículo precedente se clausurará el comercio de forma inmediata.-

ARTICULO 6: DISPONER que será obligatorio para todos los responsables de Alojamientos Turísticos informar las reservas que tuvieren de personas de procedencia o tránsito del extranjero.-

Artículo 3: De forma.-

ARTÍCULO 7: DISPONER el cierre de Museos, Cines, Gimnasios y Clubes Deportivos hasta el 31 de marzo de 2.020.-

FDO: MAURO OVIEDO PRESIDENTE COMUNALNYDIA ADRIANA MATOS TESORERA

ARTÍCULO 8: PROTOCOLICESE, PUBLIQUESE, DESE COPIA, CUMPLIDO ARCHÍVESE.-

Anexo II RESOLUCIÓN /2020

LAS CALLES, 16 de marzo de 2.020- ANEXO I

SALUD COMUNALCORONAVIRUS COVID 19
FDO: MAURO OVIEDO PRESIDENTE COMUNALNYDIA ADRIANA MATOS TESORERA
Anexo I RESOLUCIÓN 010 /2020
Normativa para Restaurantes, Bares, Comedores y similares Artículo 1: Todos Los Restaurantes, Bares, Comedores y similares, deberán adoptar las siguientes medidas, y recaudos hasta el 31 de marzo de 2.020:
1 Solo se podrá ubicar la clientela en sectores abiertos y externos, evitando el encierro y lugares de poco ventilación. La distancia mínima entre mesas, sillas, sillones deberá ser dos metros.
2 Se deberá reforzar y mantener especial cuidado en el cumplimiento de las medidas de desinfección de mesas, sillas, utensilios y en general todo lo que se encuentre afectado al servicio.

Artículo 1: Quedan suspendidos hasta el 31 de marzo de 2.020 los controles para fichas médicas escolares, y los controles médicos para otorgamiento de carnet de conducir.
Artículo 2: Quedan suspendidos los servicios de especialidades, y los estudios ej. ecografías no urgentes hasta el 31 de marzo de 2.020. Solo se atenderán las urgencias, que serán decididas por el médico a cargo.Artículo 3: Para la confección de recetas médicas, el paciente debe esperar afuera del Centro de Salud, de lo contrario retirarlos al día siguiente.Artículo 4: Los grupos de la población vulnerables mayores de 60 años y personas con problemas de salud, NO DEBEN concurrir al Dispensario Comunal, para evitar posibles contagios.
Artículo 5: De forma.-

3 Las mesas pueden desinfectarse con lavandina, alcohol diluido en agua al 70% de concentración 7 partes de alcohol por 3 partes de agua.-

LAS CALLES, 16 de marzo de 2.020

4 Los utensilios, vasos etc. deben desinfectarse cuidadosamente con agua a más de 80C y detergente o jabón blanco.

FDO: MAURO OVIEDO PRESIDENTE COMUNALNYDIA ADRIANA MATOS TESORERA

5 Las servilletas deben ser descartables.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

1 día - Nº 255684 - s/c - 25/03/2020 - BOE

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/03/2020 - 5º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaeseArgentina

Data25/03/2020

Conteggio pagine9

Numero di edizioni1425

Prima edizione31/07/2018

Ultima edizione11/05/2024

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