Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/07/2022 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

Las Malvinas son argentinas
MARTES 12 DE JULIO DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCXCI - Nº 140
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
REMATES
Orden Juzg. C. C. C. y Flia de 1 Inst. y 1 Nom., Oficina Ejecución Fiscal, Tribunales de Cosquin, en autos MUNICIPALIDAD DE LA FALDA C/FERRARINI INMOBILIARIA Y FINANCIERA S.A.
PRES. MULT. FISCAL EXP 1680154, la martillera Mónica Arias, MP 01-1578, domic. Sgo. del Estero 835, SUBASTARA a través de la página oficial de Subastas Electrónicas del T.S.J., el inmueble que se describe: FRACCIONES DE
TERRENO: loteadas con diferentes números de planos y planillas ubicadas en el Departamento PUNILLA Ped. SAN ANTONIO, cuyo dominio consta inscripto al N 6.263 F 8255 Año 1960
y según Planilla 38557; Declaración Jurada 188
del año 1981. Se adjunta PLANILLA B: PUNTO
22 PUEBLO LA FALDA, VILLA CAPRICHOSA, MZ 40 LOTE 10 SUP. 564 MS2. - Inscripto en el Registro General de la Provincia en la Matricula 1475713. Titular Registral: FERRARINI INMOBILIARIA Y FINANCIERA SOCIEDAD ANONIMA
100%- El bien se encuentra desocupado, libre de personas y cosas. El acto de subasta tendrá una duración de cinco 5 días hábiles y se iniciará el día 25 de julio de 2022, a las 11 hs., finalizando el día 1 de agosto de 2022 a las 11
hs. sin perjuicio de la prórroga derivada del uso de la opción de minuto adicional. No se admite la compra en comisión. Base: $230.958. Monto incremental: $10.000. Condiciones: abonar en el plazo de 24 hs. de finalizado el remate el 20%
del valor de su compra, con más la comisión al martillero, y el aporte del 4% sobre el precio de la subasta Fdo. para la prevención de la violencia familiar, Art 24 Ley 9505, modif. por Decr.
N 480/14, y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo. El adjudicatario deberá ratificar su compra y constituir domicilio en los términos del art. 88 del C.P.C. compareciendo personalmente, o mediante escrito firmado conjuntamente con su letrado patrocinante, o por vía de apoderado con facultad de representación, en un plazo de 5 días hábiles de concluida la subasta. En caso de residir en extraña Provincia, el postor podrá solicitar por vía electrónica, antes del vencimiento de aquel, una ampliación de este plazo en los términos del art. 163 del
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a SECCION

C. de P. C., lo que deberá ser solicitado antes del vencimiento de aquel plazo. Hágase saber que ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el 20% del valor ofertado, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790 sig. y cc.
del Cód. C.y C. de la Nación. TSJ, Ac. Regl. Nº 155, Serie B, 22/04/18. Saldo luego de aprobarse la subasta mediante transferencia electrónica art. 30, última pte. del Reglamento, bajo apercibimiento art. 585 C.P.C.C.. En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los 30 días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la T.P. para uso judicial del B.C.R.A., con más el 2% mensual y hasta su efectivo pago. Hágase saber que la cuenta a la vista para uso judicial lleva el n 315/4536608, CBU 0200315151000004536688, Banco de la Prov. de Córdoba, Suc. Cosquin A.R. N 91/2011, 114/2013 y 119/2013. Fdo. Dr.
Machado, CarlosJuez. Dr. Johansen, Guillermo, Prosecretario Letrado. A.R.155/2018. ART
27: En el supuesto que el órgano judicial suspenda o cancele la subasta, deberá reflejar de inmediato tal circunstancia a través de la opción predispuesta en su Panel de Control del Portal de Subastas, para conocimiento de los interesados. Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de veinticuatro horas a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad, debiendo transcribirse tal apercibimiento en la cedula de notificación del decreto que ordena la subasta.5 días - Nº 388286 - $ 13550 - 25/07/2022 - BOE

CONCURSOS Y QUIEBRAS
Por Sent. Nº 94, del 29/06/2022, dictada por el Juez de 1º inst y 26 nom C. y C. de Cba, en autos ARCIDIACONO, MAGDALENA DOMINGA - QUIEBRA PEDIDA SIMPLE Expte. Nro.
10760942, se dispuso: Declarar la quiebra de la Sra. Magdalena Dominga Arcidiacono, DNI
Nº4.850.141, CUIT Nº 27-04850141-4, con domi-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

SUMARIO
Remates Pag. 1
Concursos y Quiebras Pág. 1
Declaratorias de Herederos Pág. 2
Citaciones Pág. 11
Notificaciones Pág. 25
Sentencias Pág. 25
Usucapiones Pág. 26

cilio real en calle Rivadavia Nº339 de la ciudad de La Calera, provincia de Córdoba ; intimar a la deudora y a los 3º que posean bienes de aquel para que en 24 hs, los entreguen al Síndico; prohibir hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces de pleno derecho; pedidos de verificación ante el Síndico: hasta el 31/08/2022; inf. Indiv.:
14/10/2022; Sent. de Verif.: 28/10/2022; inf. Gral:
15/12/2022; intimar a la fallida para que cumpla con el art. 86, LCQ y entregue al Síndico dentro de 24hs los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad; intimar a la fallida para que en 48hs. constituya domicilio procesal en donde tramita el juicio, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Tribunal.- Datos del Síndico: Cr. Patricio Rogelio Citati Luque, domicilio a los efectos legales en Av. General Paz Nº 108, 2º Piso TE: 4237960 Mail: estudiomisino@gmail.com de esta ciudad, de Lunes a Viernes de 10:00hs a 13:00hs. y de 15:00hs a 18:00hs.- Fdo.: Luque, Thelma V.-Prosecretaria.
5 días - Nº 393925 - $ 7948 - 15/07/2022 - BOE

La Sra. Jueza del Juzgado de 1 Inst. y 3 Nominación Civil y Comercial Concursos y Sociedades Nro. 3 Secretaria Dra. Sager de Pérez Moreno. Autos: CA. DE. IN. S.R.L. - QUIEBRA
INDIRECTA - Expte. Nro. 6627017, hace saber que la sindicatura, a cargo de los Cres. Raúl O.
Varela Quetglas, Leonardo Perona y Jorge F. Villagra han presentado Informe Final, Proyecto de Distribución y Planilla, habiéndose regulado honorarios mediante Sentencia nro. 163 de fecha 21/06/2022 art. 218 L.C.Q.2 días - Nº 393940 - $ 1129,60 - 12/07/2022 - BOE

VILLA MARIAJUZG-1A.I.C.C.FLIA 1.NOM.
VILLA MARIA-SEC. 1 ha dictado la siguiente resolución: AUTO NUMERO 545.-VILLA MARIA,
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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/07/2022 - 2º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaeseArgentina

Data12/07/2022

Conteggio pagine37

Numero di edizioni3626

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione08/06/2024

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