Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/08/2024 - 1º Sección
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
JUEVES 15 DE AGOSTO DE 2024
AÑO CXI - TOMO DCCXVI - Nº 163
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MINISTERIO DE GOBIERNO
1
a SECCION
Resolución N 161
Córdoba, 14 de agosto de 2024
VISTO: el Expediente Letra M Nº 14/2024 del registro del Tribunal de Disciplina Notarial de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la Escribana Mercedes Cecilia MOLINA
de MARTINEZ, solicita a su favor la titularidad del Registro Notarial N 585, con asiento en la ciudad de Córdoba, Departamento Capital de esta Provincia.
Que el Tribunal de Disciplina Notarial informa con fecha 31 de julio de 2024, que la Escribana Mercedes Cecilia MOLINA de MARTINEZ
fue designada Adscripta al Registro Notarial cuya titularidad pretende, mediante Decreto del Poder Ejecutivo de la Provincia Nº 602 de fecha 24 de mayo de 2019, prestando Juramento de Ley el día 11 de junio de ese mismo año, y permaneciendo en sus funciones hasta el día 23 de julio de 2024, fecha en la que se aceptaron las renuncias presentadas por las Escribanas Inés Ofelia MORZONE a la titularidad de aquél, para acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria, y de la compareciente a los fines peticionados, dejando constancia de que la misma no cuenta con sanción disciplinaria alguna.
Que tanto el Colegio de Escribanos de la Provincia, como el Tribunal de
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
SUMARIO
MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución N 161 Pag. 1
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Resolución N 3 - Letra:P Pag. 1
Acuerdo Reglamentario N 1865 - Serie:A Pag. 2
Disciplina Notarial se expiden favorablemente respecto a la petición de autos.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo dispuesto por los artículos 17, 29 y 33 de la Ley Nº 4183 T.O. Decreto N 2252/75 y sus modificatorias, lo dictaminado por la Dirección General de Legales de esta cartera con el N 198/2024, y las previsiones contenidas en el artículo 7 inciso a del Decreto N 2449/2023;
EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE
Artículo 1º.- DESÍGNASE a la Notaria Mercedes Cecilia MOLINA de MARTINEZ, D.N.I. Nº 25.757.889 Clase 1977-, Matrícula Profesional N
2689, como Escribana Titular del Registro Notarial Nº 585, con asiento en la ciudad de Córdoba, Departamento Capital, de esta Provincia de Córdoba.
Artículo 2.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese intervención al Tribunal de Disciplina Notarial, al Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: MANUEL FERNANDO CALVO, MINISTRO DE GOBIERNO
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Resolución N 3 - Letra:P
Córdoba, 13 de agosto de 2024.
VISTO: El Acuerdo Reglamentario N 1718, Serie A, del 27/8/2021, que faculta al Presidente del Tribunal Superior de Justicia a dictar las pautas necesarias que dispongan el cronograma de implementación de Medidas Cautelares Web.
Y CONSIDERANDO:
1. Que el Tribunal Superior de Justicia suscribió con la Provincia de Córdoba Ministerio de Finanzasel Acuerdo de Coordinación y Cooperación Estatal, entre el Poder Judicial y el Ministerio de Finanzas de la Provincia de Córdoba cfr. Acuerdo N958, Serie A, del 21/11/2017, con el objeto de facilitar gradualmente la transformación del servicio de justicia en pos de una mayor eficiencia y transparencia, a través de la aplicación de nuevas herramientas tecnológicas.
2. En función del citado convenio, el Tribunal Superior de Justicia dictó el Acuerdo Reglamentario N 1587, Serie A, del 2/9/2019, que dispuso la BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
implementación del plan piloto de oficios electrónicos para la anotación y cancelación de medidas cautelares en el Registro General de la Provincia, denominado Medidas Cautelares Web, en los Juzgados de Primera Instancia 15, 36 y 39 Nominación en lo Civil y Comercial el último mencionado, con competencia en Concursos y Sociedades-.
3. Posteriormente, por Acuerdo Reglamentario N 1718, Serie A, del 27/8/2021, se decidió dar por concluido tal Plan piloto y disponer su gradual extensión a todos los tribunales y dependencias del Poder Judicial de Córdoba conforme las pautas aprobadas por el Anexo único del Acuerdo Reglamentario N 1587, Serie A, del 2/9/2019. En tal oportunidad, se dispuso la extensión del programa, a los Juzgados de Primera Instancia y 3, 7, 13, 26, 29, 33 y 52 Nominación en lo Civil y Comercial Concursos y Sociedades-, y a los Juzgados Ejecutivos Fiscales de Córdoba números 1, 2 y 3 y en su Secretaría de Gestión Común. Consecuentemente, por Resolución de Presidencia N 5, se puso en marcha la extensión, a partir del 23/10/2023, al resto de los tribunales con competencia Civil, Comercial y Familia de la sede capital. Finalmente, por Resolución de Presidencia N 7, del 14/11/2023, se dispuso el cambio de modalidad de tramitación
1