Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/07/2024 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
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AÑO CXI - TOMO DCCXV - Nº 142
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 17 DE JULIO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
Que obra Dictamen N 014/2024 de la Asesoría Jurídica de este ministerio en el que expresa que, puede emitirse el acto administrativo correspondiente por el cual se individualicen los inmuebles necesarios para la ejecución de la mencionada obra, conforme art. 2 de la Ley N 6.394, Ley N 10.734, Decreto N 2.206/2023 ratificado por Ley N 10.956 y art. 5 del Decreto N 2.449/2023.
Que debe darse la intervención pertinente al Consejo General de Tasaciones de la Provincia, a los fines de que fije el valor máximo correspondiente en concepto de total indemnización por los bienes a expropiar.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Unidad de Asesoramiento Legal y Técnico de la Gerencia Vial y Edilicia del Ente Regular de los Servicios Públicos E.R.Se.P. con el N
44/2024, por la Asesoría Jurídica de este ministerio con el Nº 014/2024, y en ejercicio de las facultades delegadas por Decreto N 2.449/2023;
Artículo 1.- MODIFÍCASE la Resolución N 304/2021 en su parte pertinente, de conformidad con la Planilla de Actualización de Afectaciones y Plano N CS-PX VCA-RN38 018-ROA, que como Anexo I se acompaña como formando parte integrante de la presente.
Artículo 2.- DETERMÍNESE el valor indemnizatorio del bien por intermedio del Consejo General de Tasaciones de la Provincia de Córdoba.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial, dese intervención al Consejo General de Tasaciones de la Provincia, pase a la Dirección de Vialidad, a Caminos de las Sierras S.A. y al ente Regulador de los Servicios Públicos E.R.Se.P. a sus efectos y archívese.
FDO.: FABIÁN LÓPEZ, MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ANEXO
Resolución N 16
Córdoba, 07 de junio de 2024
VISTO: este expediente N 0521-062740/2021.Y CONSIDERANDO:
Que por el presente el Ente Regulador de los Servicios Públicos E.R.
Se.P. propicia la modificación del Decreto N 1532/2021 y sus rectificatorios, que individualizan los bienes declarados de utilidad pública y sujetos a expropiación necesarios para la ejecución de la obra: VARIANTE RUTA PROVINCIAL N 5 TRAMO: ALTA GRACIA INTERSECCIÓN RUTA S-495.
Que se insta el presente trámite, conforme lo previsto por la Ley N
10.733 y su modificatoria N 10.786, en virtud de las cuales se declararan de utilidad pública y sujetos a expropiación todos los inmuebles necesarios para la ejecución de la obra antes referenciada.
Que por Decreto N 1532/2021 se dispuso la individualización de los referidos bienes, de conformidad al Plano de Afectación N CS-PX RP5
070-ROD, modificado por sus similares N 1129/2022, y N 746/2023.
Que seguidamente el señor Presidente de Caminos de Las Sierras S.A. informa que el inmueble referenciado como AFECTACIÓN N 52, fue modificado en relación a número de nomenclatura y número de cuenta de la Dirección General de Rentas, manifestando también que por ajuste de proyecto se agregaron las AFECTACIONES N 72 a 84, acompañando Planilla de Individualización de Afectaciones y Plano actualizado N CS-PXRP5074-ROA.
Que la Gerencia Vial y Edilicia del Ente Regulador de los Servicios Públicos E.R.Se.P. emite Informe Técnico de su competencia afirmando que desde el punto de vista técnico no surgen objeciones que formular para proceder a la modificación solicitada.
Que la Unidad de Asesoramiento Legal y Técnico del Ente Regulador de los Servicios Públicos E.R.Se.P., se expide mediante Dictamen N
294/2023, señalando que conforme los antecedentes e informes técnicos obrantes en autos, la petición presentada por el Concesionario se ajusta a los requisitos técnicos y legales que rigen la concesión.
Que seguidamente se expide la Unidad de Expropiaciones de este Ministerio, entendiendo procedente la individualización propiciada.
Que obra Dictamen N 016/2024 de la Asesoría Jurídica de este minisBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
terio en el que expresa que, puede emitirse el acto administrativo correspondiente por el cual se individualicen los inmuebles necesarios para la ejecución de la mencionada obra, conforme art. 2 de la Ley N 6.394, Ley N 10.733, su modificatoria N 10.786, Decreto N 2.206/2023 ratificado por Ley N 10.956 Anexo I y art. 5 del Decreto N 2.449/2023.
Que debe darse la intervención pertinente al Consejo General de Tasaciones de la Provincia, a los fines de que fije el valor máximo correspondiente en concepto de total indemnización por los bienes a expropiar.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Unidad de Asesoramiento Legal y Técnico de la Gerencia Vial y Edilicia del Ente Regular de los Servicios Públicos E.R.Se.P. con el N 294/2023, por la Asesoría Jurídica de este ministerio con el Nº 016/2024, y en ejercicio de las facultades delegadas por Decreto N 2.449/2023;
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1.- MODIFÍCASE parcialmente el Anexo I al Decreto N
1532/2021 rectificado por sus similares N 1129/2022 y N 746/2023, en su parte pertinente, de conformidad con la Planilla de Actualización de Afectaciones y Plano, que como Anexo I compuesto por una 1 foja, se acompaña y forma parte de este acto, por los cuales se individualizan los bienes declarados de utilidad pública y sujetos a expropiación por Leyes Nros. 10.733 y 10.786, necesarios para la ejecución de la Obra: VARIANTE RUTA PROVINCIAL N
5 TRAMO: ALTA GRACIA INTERSECCIÓN RUTA S-495.
Artículo 2.- DETERMÍNESE el valor indemnizatorio del bien por intermedio del Consejo General de Tasaciones de la Provincia de Córdoba.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial, dese intervención al Consejo General de Tasaciones de la Provincia, pase a la Dirección de Vialidad, a Caminos de las Sierras S.A. y al ente Regulador de los Servicios Públicos E.R.Se.P. a sus efectos y archívese.
FDO.: FABIÁN LÓPEZ, MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
ANEXO
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