Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/07/2024 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
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MARTES 16 DE JULIO DE 2024
AÑO CXI - TOMO DCCXV - Nº 141
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
a SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
SUMARIO
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y
SERVICIOS PÚBLICOS
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución N 10 Pag. 1
Resolución N 11 Pag. 2
Resolución N 14 Pag. 3
Resolución N 10
MINISTERIO DE SALUD
Resolución N 1070 Pag. 4
Córdoba, 23 de abril de 2024
FISCALÍA DE ESTADO
Resolución N 24 Pag. 4
VISTO: este expediente N 0521-066629/2022.
Y CONSIDERANDO:
Que por el presente el Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP propicia la Aprobación del Convenio de Adquisición Directa del bien declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación, para la ejecución de la Obra: ALTERNATIVA A RUTA NACONAL N 38 TRAMO: VARIANTE
COSTA AZUL LA CUMBRE SECCIÓN: VARIANTE COSTA AZUL
MOLINARI PR. 0+000 A 21+500.
Que se encuentra incorporado en autos el Convenio de Adquisición Directa, en relación a una fracción de terreno ubicado en Pedanía Rosario, Villa el Mirador del Lago San Roque, Departamento Punilla de esta Provincia, inscripta en su mayor superficie en el Registro General de la Provincia bajo la Matricula N 1.740.452, celebrado el día 8 de agosto de 2022, entre la firma Caminos de las Sierras S.A., en representación de la Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba por una parte y, la señora Verónica Isabel Rodríguez, titular registral, por la otra, para ser destinado a la ejecución de la obra: ALTERNATIVA A RUTA NACIONAL
N 38 TRAMO: VARIANTE COSTA AZUL - LA CUMBRE SECCIÓN:
VARIANTE COSTA AZUL MOLINARI PR. 0+000 A 21+500.
Que el mencionado inmueble fue declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica por Ley N 10.734, que declara en dicha condición a todos aquellos bienes que fueran necesarios para la ejecución de la obra de que se trata e individualizado por Resolución N 304/2021 y sus modificatorias, en el marco de las facultades delegadas por Decreto N 2.238/2017.
Que en el Convenio mencionado la propietaria vende y transfiere la fracción de terreno declarada de utilidad pública y sujeta a expropiación, individualizada de acuerdo al Plano CS-PXVCA-RN38012-ROA, como Afectación N 121, para la ejecución de la obra mencionada, declarando que la entrega de la posesión real y efectiva del inmueble se realizó de manera irrevocable con fecha 03 de agosto de 2022.
Que asimismo, surge que las partes fijan de común acuerdo el precio del inmueble expropiado, importe que coincide con lo establecido mediante Dictamen en Acuerdo del Tribunal Administrativo en Sede Administrativa por la suma de Pesos Un Millón Setecientos Dieciocho Mil Ciento Veintiocho $ 1.718.128,00, lo que sumado al 10% adicional autorizado por el artículo 14 de la Ley N 6.394, hace un importe único, total y definitivo de
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Pesos Un Millón Ochocientos Ochenta y Nueve Mil Novecientos Cuarenta con Ochenta Centavos $ 1.889.940,80, importe que se considera incluye la compensación de cualquier daño que eventualmente sea consecuencia directa e inmediata de la expropiación y de cualquier otro concepto, en los términos de la Ley de Expropiaciones N 6.394, advirtiendo que la empresa Camino de las Sierras S.A. hace efectiva la cancelación de la indemnización, mediante transferencia bancaria a la propietaria.
Que la transferencia del dominio del inmueble, a favor del Estado Provincial, será efectuada conforme lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N 6.394.
Que finalmente se expide la Unidad de Expropiaciones de este ministerio entendiendo procedente la gestión procurada en autos.
Que obra Dictamen N 011/2024 de la Asesoría Jurídica de este Ministerio, mediante el cual se expresa que, de conformidad a las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimentados los extremos legales necesarios para disponer la adquisición directa del inmueble de marras y aprobar el Convenio en cuestión, por encuadrar en las previsiones de los artículos 11,13,14 y 21 de la Ley N 6.394, y en las disposiciones de las Clausulas 16.4, 16.4.1 y 16.4.2 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto N 1598/1997, artículo 7, inciso d, del Marco Regulatorio aprobado por Decreto N 1590/1997 y art. 5 inc. a del Decreto N 2.449/2023, por lo que puede el señor Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos emitir el acto administrativo correspondiente.
Por ello, normativa citada, actuaciones cumplidas y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica este Ministerio bajo el Nº 011/2024 y en ejercicio de las facultades delegadas por Decreto N 2.449/2023;
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚLICOS
RESUELVE:
Artículo 1.- DISPÓNESE la adquisición directa del inmueble que fuera declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica por Ley N 10.734, e individualizado por Resolución N 304/2021 y sus modificatorias, ubicado en Pedanía Rosario, Villa el Mirador del Lago San Roque, Departamento Punilla de esta Provincia, inscripta en su mayor superficie en el Registro General de la Provincia bajo la Matricula N 1.740.452, con una superficie a afectar de 800 m2, celebrado el día 08 de agosto de 2022, de acuerdo al Plano CS-PXVCA-RN38012-ROA, y consecuente-
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