Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/03/2024 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
JUEVES 14 DE MARZO DE 2024
AÑO CXI - TOMO DCCXI - Nº 56
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO
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a SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 93 Pag. 1
Decreto N 119 Pag. 1
Decreto N 93
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Córdoba, 20 de febrero 2024
VISTO: el artículo 3 inciso a de la Ley N 10.941 que establece que la Autoridad de Cuencas está integrada por un Presidente y un Vicepresidente a propuesta de la Secretaría de Ambiente o el órgano que la sustituya en sus funciones, designados por el Poder Ejecutivo.
Y CONSIDERANDO: Que en la instancia, atento al estructura orgánica del Poder Ejecutivo Provincial dispuesta por Decreto N2206/23- ratificado por Ley N 10.956, la titular del Ministerio de Ambiente y Economía Circular propone la designación en el cargo de Presidente de la Autoridad de Cuencas al Secretario de Ambiente, señor Federico Javier GARCIA ASPITIA, con carácter ad honorem.
Por ello, normativa citada y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial
Resolución N 64 Letra:D Pag. 2
Resolución N 65 Letra:D Pag. 2
Resolución N 66 Letra:D Pag. 3
Resolución N 112 Pag. 3
Resolución N 113 Pag. 4
Resolución N 114 Pag. 4
Resolución N 115 Pag. 5
Resolución N 116 Pag. 5
Resolución N 159 Letra:D Pag. 6
MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución N 46 Pag. 6
TRIBUNAL DE CUENTAS
Resolución N 16 Pag. 7
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- DESÍGNASE, al señor FEDERICO JAVIER GARCIA ASPITIA, D.N.I. 25.297.647, como Presidente ad honorem de la Autoridad de Cuencas de la Provincia de Córdoba.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: MARTIN MIGUEL LLARYORA, GOBERNADOR - MARÍA VICTORIA FLORES,
Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Ambiente y Economía Circular y el señor Fiscal de Estado.
Decreto N 119
Córdoba, 7 de marzo 2024
VISTO: El Expediente Digital N 0420-032259/2024 del registro del Ministerio de Ambiente y Economía Circular.
Y CONSIDERANDO: Que en las presentes actuaciones se tramita la aprobación de la reglamentación de la Ley N 10.941 que crea la Autoridad de Cuencas, como organismo descentralizado con personería jurídica de derecho público del Estado Provincial y capacidad para actuar pública y privadamente, cuyo objeto es desafiar e implementar las acciones para la reducción, mitigación y saneamiento de toda actividad antrópica que, de manera directa o indirecta, constituya fuente de impacto ambiental en los embalses de la Provincia y sus cuencas.
Que la referida normativa provincial establece en su artículo 12 que este Poder Ejecutivo Provincial procederá a dictar la reglamentación y demás BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MINISTRA DE AMBIENTE Y ECONOMÍA CIRCULAR - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DEL ESTADO
normas complementarias necesarias para el cumplimiento de sus objetivos.
Que en ese marco, el Señor Secretario de Ambiente, dependiente del Ministerio de Ambiente y Economía Circular, insta la presente gestión atento a la necesidad de poner en funcionamiento inmediato la citada Autoridad a los fines de dar respuesta a los requerimientos de los sectores involucrados y comprometidos con el cuidado de las distintas cuencas de la Provincia que alimentan los respectivos embalses, como también, y en particular, dar cumplimiento a lo ordenado por la Justicia provincial en relación al saneamiento del Lago San Roque Que expresa el mencionado funcionario que la Ley N 10.941, así como la reglamentación propuesta, se enmarcan en el Plan de Saneamiento del Lago San Roque, que presentara la Provincia en autos Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables c/
Gobierno de la Provincia de Córdoba y otros -Amparo Ambiental Expte.
N 11415973, que tramitan por ante la Cámara Contencioso Administrativa de 3ra Nominación de la ciudad de Córdoba, quien lo aprobó por Auto N33
de fecha 30 de marzo de 2023. Que en miras a dar continuidad y afianzar
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