Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/06/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCII - Nº 112
CORDOBA, R.A. VIERNES 16 DE JUNIO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

sorcio Caminero Único y en donde dice NOVIEMBRE DE 2022, debe decir OCTUBRE DE 2022.

Oficial, notifíquese, pase a la Unidad Ejecutora para la Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único a sus efectos y archívese.

Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS

Resolución N 194 Letra:D
Córdoba, 15 de junio de 2023
Expediente Digital Nº 0045-023187/2021/A35.VISTO: este expediente por el cual se gestiona la sustitución anticipada de los Fondos de Reparo de la obra: PAVIMENTACIÓN RUTA PROVINCIAL T-236, T-323, S-362 Y S-511 TRAMO: PUNTA DEL AGUA LAS ISLETILLAS.
Y CONSIDERANDO:
Que la obra de referencia fue adjudicada al Consorcio Caminero Único creado por Ley N 10.546 y su Decreto Reglamentario N 1053/2018, por Resolución Ministerial Nº 399/2021, suscribiéndose el contrato de obra el día 23 de diciembre del mismo año y el Acta de Replanteo Total fue confeccionada con fecha 14 de marzo de 2022.
Que el Legajo Único de contratación de la obra, en su punto II.2.3 establece un Fondo de Reparos del 5% del importe total de cada certificado de obra mensual ejecutada, y en su punto II.2.5 que La inspección, medición y certificación de las obras estará a cargo de la DV .
Que la Ley de Obras Públicas Nº 8.614 en su Artículo 59 dispone que En todo certificado de pago de obra de construcción se descontará del cinco por ciento 5% al diez por ciento 10% de su importe para formar el fondo de reparos según se determinen en los pliegos respectivos. En los casos de pago diferido, la autoridad competente determinará la necesidad de formarlo y el monto del mismo. Este depósito podrá ser sustituido por los demás medios y modos previstos en el Artículo 22, previa aceptación de la autoridad competente.
Que el Presidente del Consorcio Caminero Único acompaña en autos Póliza de Seguro de Caución Sustitución Fondos de Reparo Obra Pública N 1.196.941, con vigencia desde las 0 horas del día 22 de mayo de 2023, hasta la extinción de las obligaciones del tomador cuyo cumplimiento cubre, emitida por ASEGURADORES DE CAUCIONES S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS - CUIT
N 30-51891934-9, por un monto de Pesos Doce Millones Quinientos Mil $
12.500.000,00, en relación a la obra de referencia, constituyendo el asegurador domicilio legal en la Ciudad de Córdoba y sometiendo cualquier litigio a la jurisdicción del domicilio del asegurado, donde se consigna que el asegurado es el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN DE VIALIDAD -

JUZGADO ELECTORAL PROVINCIAL
DECRETO: 14 DE JUNIO DE 2023
Córdoba, catorce de junio de dos mil veintitrés. Atento al proceso electoral a llevarse a cabo el día 25 de junio del cte. año y lo prescripto por los arts.
66 inc. 7 y 219 de la ley N 9571, hágase saber que desde las cero horas del día jueves 15 de junio de 2023, queda prohibida la difusión de resultados de encuestas de opinión, al igual que la difusión de resultados de
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

CONSORCIO CAMINERO ÚNICO CUIT N 30-71648766-7.
Que según constancias de autos la obra de que se trata registra un avance acumulado del 81,95%, conforme MEDICIÓN MENSUAL N 015-0 CORRESPONDIENTE AL PERIODO MAY- 2023.
Que obra Dictamen Nº 2023/00000226 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que, atento a la constancias de autos, lo establecido en los artículos 22 y 59 de la Ley de Obras Públicas N 8614, artículo 107 del Pliego General de Condiciones Decreto N 4758/77
puede aprobarse la sustitución de que se trata para aquellos certificados que a la fecha del presente instrumento legal se hubieran emitido -en caso de así correspondery para los que se emitan en el futuro, hasta el monto propuesto.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N
2023/00000226 y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRÚEBASE la sustitución anticipada del Fondo de Reparo mediante Póliza de Seguro de Caución N 1.196.941 , para aquellos certificados que a la fecha de la presente Resolución se hubieran emitido y para los que se emitan en el futuro para el Contrato Original de la obra: PAVIMENTACIÓN
RUTA PROVINCIAL T-236, T-323, S-362 Y S-511 TRAMO: PUNTA DEL
AGUA LAS ISLETILLAS, expedida por ASEGURADORES DE CAUCIONES
S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS CUIT N 30-51891934-9, por un monto de Pesos Doce Millones Quinientos Mil $ 12.500.000,00, hasta cubrir dicho monto.
Artículo 2.- FACÚLTASE a la Dirección de Vialidad a emitir los Certificados correspondientes según la normativa citada.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, dese copia a la Dirección de Vialidad, dese intervención a la Dirección General de Administración de este Ministerio, dese participación a Asesores de Córdoba S.A., publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Unidad Ejecutora para la Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único a sus efectos.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS

sondeos de boca de urna que se realicen el día de los comicios, hasta tres 3 horas después del cierre del acto electoral. Notifíquese a las agrupaciones políticas intervinientes. Publíquese en el Boletín Oficial y sitio web del Tribunal Electoral de la Provincia.
FDO. DRES. MARTA E. VIDAL, PRESIDENTA. JORGE J. ALBERTO NAMUR Y LEONARDO C. GONZALEZ ZAMAR, VOCALES. MARÍA DE LOS ÁNGELES NALLÍN, SECRETARIO. TEP.
1 día - Nº 461571 - s/c - 16/06/2023 - BOE

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/06/2023 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data16/06/2023

Conteggio pagine6

Numero di edizioni4157

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione08/06/2024

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