Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/07/2022 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
Las Malvinas son argentinas
MIÉRCOLES 27 DE JULIO DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCXCI - Nº 151
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO
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a SECCION
Decreto N 719
Córdoba, 27 de junio de 2022
VISTO: el Expediente Nº 0620-043419/2008 del registro de la Dirección General de Infraestructura Escolar del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la aceptación y agradecimiento de la donación con cargo, efectuada por la Municipalidad de Capilla del Monte a favor de la Provincia de Córdoba, de un inmueble de su propiedad ubicado en la citada localidad, Pedanía Dolores, Departamento Punilla, inscripto en el Registro General de la Provincia en la Matrícula N 1.263.600, designado como Lote 18 de la Manzana C, con una superficie total de 2.400 m2; predio en el que se emplaza el edificio del Jardín de Infantes General Manuel Belgrano.
Que mediante nota de fecha 30 de octubre de 2008, la entonces señora Intendente de la ciudad de Capilla del Monte insta la gestión y, a tal fin, acompaña copia de la Ordenanza N 2132/2008 y su Decreto de promulgación N 135/2008, mediante la cual se dispuso la donación al Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba del inmueble de referencia, con cargo de construcción del edificio del Jardín de Infantes General Manuel Belgrano, en un plazo de tres años de aceptada la liberalidad.
Que se adjunta documental que acredita la titularidad dominial del bien de que se trata, tal como: copia de la Escritura N 104, Sección A, de fecha 15 de julio de 2008, labrada por la Escribana titular del Registro N 234 de la ciudad de Córdoba, mediante la cual se solicita la registración y protocolización del plano de mensura, unión y subdivisión aprobado en Expte. N 0033-015201/2006, del que resulta el inmueble a donar; Informe N 11.787 del 19 de marzo de 2021, emitido por el Área Tierras Públicas de la Dirección General de Catastro, en el que constan los datos catastrales del inmueble Dpto. 23 Ped. 01 Pblo.
06 C. 05 S. 04 Mz. 081 Parc. 018, su superficie 2.400 m2, y su número de cuenta N 23-01-2559264/9; y Matrícula N 1.263.600
del Registro General de la Provincia, de la que surge la titularidad del lote en cuestión a nombre de la Municipalidad de Capilla del Monte, así como el Informe N 5893/2021, dando cuenta de que no figuran inhibiciones a su respecto.
Que la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Educación informa que se ha corroborado que en el lote en cuestión se emplaza actualmente el Jardín de Infantes General Manuel Belgrano.
Que toma intervención de su competencia la Dirección de Patrimonial de la Secretaría de Gestión de Inmuebles, Seguros y Asuntos Legales de la Secretaría General de la Gobernación, a través BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 719 Pag. 1
Decreto N 723 Pag. 2
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 140 - Letra:D Pag. 3
Resolución N 141 - Letra:D Pag. 3
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Cronograma de Pagos Pag. 4
del Informe N 161/2021, reseñando los antecedentes de la gestión y propiciando la continuidad del trámite.
Que atento a lo relacionado, los informes emitidos por las áreas técnicas competentes, lo dispuesto por los artículos 1542, 1545, concordantes y correlativos del Código Civil y Comercial de la Nación, así como el artículo 11 de la Ley N 10.580 y su Decreto Reglamentario N 927/2019, y habiéndose respetado el procedimiento establecido mediante la Resolución N 1130/2019 de la Secretaría General de la Gobernación, corresponde proceder a la aceptación de la donación de que se trata, dando por cumplimentado el cargo oportunamente impuesto.
Que la Escribanía General de Gobierno procederá a la inscripción del inmueble donado, en los términos del artículo 1553 del Código Civil y Comercial de la Nación, ingresando el mismo al dominio privado de la Provincia de Córdoba, según el artículo 236, inciso e, del referido Código; mientras que la Dirección General de Rentas, en caso de corresponder, cancelará las deudas que existieran por períodos anteriores y de titularidad del donante, en concepto de Impuesto Inmobiliario, incluidos recargos, intereses y multas, conforme lo establecido en el artículo 200 del Código Tributario Provincial -Ley N 6006 T.O. 2021-.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales, dependiente de la Secretaría de Gestión de Inmuebles, Seguros y Asuntos Legales de la Secretaría General de la Gobernación al N 122/2022, por Fiscalía de Estado bajo el Nº 443/2022 y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 72, inciso 4, y 144, inciso 1, de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- ACÉPTASE y AGRADÉCESE la donación con cargo efectuada por la Municipalidad de Capilla del Monte, CUIT N
30-66854265-0, a favor de la Provincia de Córdoba, CUIT N 3070818712-3, del inmueble que se describe de la siguiente forma:
Lote de Terreno ubicado en el Municipio de Capilla del Monte, Peda-
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