Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/05/2022 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
Las Malvinas son argentinas
MIÉRCOLES 18 DE MAYO DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 101
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO
1
a SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 460 Pag. 1
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 36 Pag. 2
Decreto N 460
Córdoba, 5 de mayo de 2022
VISTO: el Expediente N 0449-022330/2022 del registro de la Lotería de la Provincia de Córdoba Sociedad del Estado.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la aprobación de la reglamentación de la Ley N 10.793 que regula el Juego En Línea, en el ámbito de la Provincia de Córdoba.
Que la referida normativa provincial establece en su artículo 24 que la Lotería de la Provincia de Córdoba S.E. es la Autoridad de Aplicación de la Ley en cuestión, debiendo arbitrar los medios necesarios para su implementación y reglamentación.
Que en dicho marco, mediante Resolución N 1152/2022 G de la Lotería de la Provincia de Córdoba S.E., se creó la Comisión para la Reglamentación e Implementación de la Ley N 10.793, definiendo su integración; y se le encomienda la elaboración de los proyectos normativos pertinentes, a los fines de dar efectivo cumplimiento a lo establecido en el mentado artículo 24.
Que así, luce incorporado el proyecto de Reglamento General de Juegos en Línea, elaborada por la Comisión referenciada, constando además los fundamentos sobre los que aquel se asienta.
Que el señor Secretario General de la Gobernación otorga su Visto Bueno a lo gestionado.
Que conforme a lo relacionado, y lo informado por las autoridades competentes en la materia, procede en la instancia aprobar la reglamentación de la Ley N 10.793, en los términos propiciados.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Jefatura de Departamento Legal de la Lotería de la Provincia de Córdoba S.E. al N 10.136/2022, por Fiscalía de Estado bajo N 275/2022 y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 144, inciso 2, de la Constitución Provincial;
MINISTERIO DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Y DE LA ECONOMÍA FAMILIAR
Resolución N 594 Pag. 2
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución N 187 Pag. 3
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 97 Pag. 3
Resolución N 98 Pag. 4
Resolución N 99 Pag. 5
Resolución N 101 Pag. 6
DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN
Resolución N 3 - Letra:D Pag. 7
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
APRHI
Resolución General N 22 Pag. 8
Artículo 1º: APRUÉBASE la reglamentación de la Ley N 10.793, que regula el Juego en Línea en el ámbito de la Provincia de Córdoba, la que, como Anexo Único, compuesto de siete 7 fojas útiles, se acompaña y forma parte de este instrumento legal.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Coordinación y el señor Fiscal de Estado, y firmado por el señor Secretario General de la Gobernación.
Artículo 3º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - SILVINA RIVERO, MINISTRA DE
COORDINACIÓN - JULIO CÉSAR COMELLO, SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
ANEXO
1