Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/04/2022 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCLXXXVIII - Nº 70
CORDOBA, R.A. LUNES 4 DE ABRIL DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
Decreto N 196
Córdoba, 9 de marzo de 2022
VISTO: el Expediente N 0723-156960/2021 del registro del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la imposición de nombre para la Escuela de Nivel Inicial de la localidad de Alejandro Roca, Departamento Juárez Celman, dependiente del Ministerio de referencia.
Que obra en autos la solicitud efectuada desde la Dirección del centro educativo antes mencionado, así como la terna de nombres elegida por la comunidad educativa, de la cual surge el nombre de María Elena Walsh, en justo reconocimiento y homenaje a quien fuera escritora, poeta, música y cantautora, con una mayúscula influencia en la literatura infantil de toda Latinoamérica.
Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida intervención, cumplimentándose los requisitos establecidos en el Decreto N
7694/E/1968.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Educa-
ción al N 1217/2021, por Fiscalía de Estado con el Dictamen N 137/2022
y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- IMPÓNESE el nombre de María Elena Walsh a la Escuela de Nivel Inicial de la localidad de Alejandro Roca, Departamento Juárez Celman, dependiente de la Dirección General de Educación Inicial del Ministerio de Educación.
Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE
ESTADO
Decreto N 244
Córdoba, 22 de marzo de 2022
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la aceptación y agradecimiento de la donación efectuada por la Municipalidad de La Falda a favor de la Provincia de Córdoba, de una fracción de terreno ubicada en el Departamento Punilla, Pedanía San Antonio, lugar Balcón del Gigante, La Falda, inscripto en el Registro General de la Provincia en la Matrícula Nº 1.646.664 23, designado como Lote 100 de la Manzana 901, con una superficie de 4.713,54 m2; con destino a la construcción de un establecimiento escolar del Programa Avanzado de Educación Secundaria con énfasis en Tecnologías de la Información y la Comunicación PRO-A.
Que a dichos efectos, se incorpora en autos, entre otra documentación: a Ordenanza municipal Nº 3040 del día 2 de agosto de 2017, con su Decreto promulgatorio Nº 1104/2017, de desafectación del dominio público del inmueble de que se trata; b Ordenanza municipal Nº 3041 del 2 de agosto de 2017, con su Decreto promulgatorio Nº 1105/2017, y su similar modificatoria N 3225 del 31 de julio de 2019, con su Decreto promulgatorio N 1065/2019, de donación a la Provincia de Córdoba del lote inscripto en el Registro General de la Provincia como Matrícula: 1646664; para
y 011-021/2019; haciendo lo propio la Dirección Jurisdicción Patrimonial, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, a través de Informes Nros. 107/2019 y 053/2021.
Que la Dirección General de Asuntos Legales, dependiente de la Secretaría de Gestión de Inmuebles, Seguros y Asuntos Legales de la Secretaría General de la Gobernación, y la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Educación se pronuncian en forma favorable a la gestión instada, mediante Dictámenes Nros. 276/2021 y 1312/2021, respectivamente; por otro lado, los señores Ministro de Educación y Secretario General de la Gobernación otorgan su Visto Bueno a lo propiciado.
Que en atención a los informes emitidos por las áreas técnicas competentes y lo dispuesto por los artículos 72, inciso 4, y 144, inciso 1, de la Constitución Provincial, los artículos 1542, 1545, concordantes y correlativos del Código Civil y Comercial de la Nación, así como el artículo 11 de la Ley N 10.580 y su Decreto Reglamentario N 927/2019, habiéndose respetado el procedimiento establecido mediante la Resolución N 1130/2019
de la Secretaría General de la Gobernación, corresponde proceder a la aceptación de la donación de que se trata.
Que la Escribanía General de Gobierno procederá a la inscripción directa del inmueble donado, en los términos del artículo 1553 del Código Civil y Comercial de la Nación, ingresando el mismo al dominio privado de la Provincia de Córdoba, según el artículo 236, inciso e, del referido Códi-
el emplazamiento de una Escuela del Programa Avanzado de Educación Secundaria con énfasis en Tecnologías de la Información y la Comunicación Proa; c Reporte parcelario; y d Matrícula Nº 1.646.664 del Registro General de la Provincia, de la cual surge el dominio del inmueble, inscripto a nombre de la Municipalidad de La Falda.
Que toma la intervención de su competencia el Área Patrimonial de la Contaduría General de la Provincia, mediante Informes Nros. 011-760/2018
go; por su parte, la Dirección General de Rentas, en caso de corresponder, cancelará las deudas que existieran en concepto de Impuesto Inmobiliario, incluido recargos, intereses y multas, conforme lo establecido en el artículo 200 del Código Tributario Provincial -Ley N 6006, T.O. 2021-.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por Fiscalía de Estado bajo el N 105/2021 y en uso de atribuciones constitucionales;
VISTO: el Expediente Nº 0620-000907/2018 del registro de la Dirección General de Infraestructura Escolar del Ministerio de Educación.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
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