Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/06/2019 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba
MIERCOLES 26 DE JUNIO DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLIV - Nº 119
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 702
Córdoba, 10 de junio de 2019
VISTO: el Expediente N 0494-042325/2006 del registro del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la convalidación de lo actuado por el Ministerio de Educación en relación al préstamo de uso convenido entre dicha Cartera, en representación de la Provincia de Córdoba, como comodante, y la empresa IECSA S.A., en carácter de comodataria.
Que el referido contrato tiene por objeto la ocupación de una fracción de terreno de ocho hectáreas, parte de una mayor superficie perteneciente al predio donde funciona el Instituto Provincial de Enseñanza Media I.P.E.M. Nº 293 AGR. ORESTES CHIESA MOLINARI de la ciudad de Bell Ville, destinado al funcionamiento de un obrador para la ejecución de la obra Autopista Rosario-Córdoba durante el período comprendido , entre el 4 de julio de 2011 y el 3 de octubre de 2012.
Que conforme surge de estos obrados, tras el vencimiento del plazo de vigencia del contrato de comodato aprobado mediante Decreto N
1183/2010, esto es, el 3 de julio de 2011, la comodataria continuó con la ocupación del inmueble hasta el 3 de octubre de 2012. En dicha fecha, la empresa restituyó el inmueble de que se trata a la comodante, quien lo recibió de conformidad, libre de ocupantes y en perfecto estado de conservación y limpieza, de acuerdo a los términos del acta labrada al efecto.
Que si bien desde la Dirección del I.P.E.M. N 293 se informa que la comodataria, una vez concluida la obra a su cargo, desocupó el inmueble en el mes de julio de 2012, también se manifiesta que la efectiva entrega por parte de la empresa y toma de posesión del inmueble por la Comodante acaeció el 3 de octubre de 2012.
Que las condiciones en las que se pactó el convenio de que se trata, cuya vigencia fuera modificada mediante la Adenda supra citada, resultan análogas a las del contrato que fuera aprobado mediante el mencionado Decreto N 1183/2010 y el reintegro del bien se produjo de conformidad a lo acordado.
Que a mérito de las razones que anteceden, corresponde convalidar lo actuado por el Ministerio de Educación en relación al préstamo de uso convenido entre dicha Jurisdicción, en representación de la Provincia BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 702 Pag. 1
PODER LEGISLATIVO
Resolución N 30 Letra:S Pag. 2
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N 170 Pag. 2
Resolución N 171 Pag. 3
Resolución N 179 Pag. 4
Resolución N 180 Pag. 5
Resolución N 181 Pag. 6
Resolución N 187 Pag. 7
POLICÍA DE LA PROVINCIA
Resolución N 71769 - Letra:J Pag. 7

de Córdoba como comodante, y la empresa IECSA S.A., en carácter de comodataria, para la ocupación de parte del predio donde funciona el I.P.E.M. Nº 293 AGR. ORESTES CHIESA MOLINARI de la ciudad de Bell Ville, verificada desde el 4 de julio de 2011 hasta el 3 de octubre de 2012.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales del Ministerio de Educación con el N 683/2014, por Fiscalía de Estado bajo el N 441/2019 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- CONVALÍDASE lo actuado por el Ministerio de Educación, en relación al préstamo de uso convenido entre dicha Jurisdicción, en representación de la Provincia de Córdoba como comodante, y la empresa IECSA S.A., en carácter de comodataria, para la ocupación de parte del predio donde funciona el Instituto Provincial de Enseñanza Media Nº 293 AGR. ORESTES CHIESA MOLINARI de la ciudad de Bell Ville, verificada desde el 4 de julio de 2011 hasta el 3 de octubre de 2012.
Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR WALTER GRAHOVAC, MINISTRO
DE EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

1

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/06/2019 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data26/06/2019

Conteggio pagine8

Numero di edizioni4137

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione11/05/2024

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