Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 13/1/2023
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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz
PRIMERA SECCIÓN
13 de enero de 2023
N: 214
DECRETA
ARTICULO 1.- MODIFICAR, a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:
JURISDIC. -SUB
JURISD.
31.01.100.1.11.112
31.01.100.1.13.341
32.01.100.1.11.113
31.01.100.1.11.113
32.01.100.1.11.112
37.01.100.1.13.341
-PROGRAMA-ANEXO INCISO-ITEMAUMENTA
DESCRIPC.
PERSONAL
$
400.000
PERMANENTE
BECAS DE
$
3.500.000
CAPACITACIÓN
PERSONAL
$
700.000
CONTRATADO
PERSONAL
CONTRATADO
PERSONAL
PERMANENTE
BECAS DE
CAPACITACIÓN
TOTAL
$
4.600.000
DISMINUYE
31.01.100.1.12.224
31.01.100.1.13.313
31.15.100.2.24.414
32.22.100.1.12.221
32.22.100.2.24.416
$
400.000
32.24.100.2.24.413
$
700.000
32.25.100.2.24.420 EQUIPOS VARIOS
$ 3.500.000
$ 4.600.000
ARTICULO 2.- ADECUAR, Nomenclador de Erogaciones conforme al Artículo 5 de la Ordenanza N 6780 a las modificaciones aprobadas por el presente Decreto.
ARTICULO 3.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D. Gilli, Sec. Economía y Finanzas Ramón C. Montenegro, Oficial MayorDECRETO N 776/C/2022
VILLA CARLOS PAZ, 13 de diciembre de 2022
CONSIDERANDO: Que el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 6780, Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.
33.31.100.2.24.420 EQUIPOS VARIOS
33.31.311.1.13.313
33.31.100.1.12.299
33.31.100.2.24.417
33.31.100.1.12.220
33.31.100.2.24.413
Que asimismo, el Artículo 11º de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo a crear, modificar y/o fusionar las Partidas a partir del tercer nivel.
33.31.100.1.12.221
33.31.100.1.12.229
37.01.704.2.24.413
37.01.100.1.13.314
Por ello, en uso de sus atribuciones:
37.70.763.1.13.316
ARTICULO 1.- MODIFICAR a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:
2
ALQUILERES
VARIOS
SERVICIOS DE
ILUMINACION Y
SONIDO
CONTRATACION DE
ARTISTAS
OTROS B. DE CONS.
NO ESPECIFICADOS
PRECEDENTEMENTE
EQUIPOS
EDUCACIONALES Y
RECREATIVOS
MATERIALES DE
CONSTRUCCION Y
AFINES
CONSTRUCCIONES
Y TRABAJOS
PUBLICOS
CONVENIOS C/ORG.
PROVINCIALES
NACIONALES E
INTERN
ARTICULOS DE
FERRETERIA
UTILES Y
MATERIALES
ELECTRICOS
CONSTRUCCIONES
Y TRABAJOS
PUBLICOS
MANTENIMIENTO Y
REPARACION DE
EDIFICIOS Y
LOCALES
MANTENIMIENTO Y
REPARACION DE
VIAS DE
COMUNICACION
37.72.726.2.24.420 EQUIPOS VARIOS
DECRETA
DISMINUYE
120.000
$
320.000
$
10.000
EQUIPOS DE
32.22.100.2.24.418
OFICINA Y MUEBLES
MANTENIMIENTO Y
REPARACION DE
32.24.100.1.13.314
EDIFICIOS Y
LOCALES
UTILES Y
32.25.100.1.12.221 MATERIALES
ELECTRICOS
33.31.100.1.13.339
EL INTENDENTE MUNICIPAL
$
32.22.100.2.24.420 EQUIPOS VARIOS
Que el Artículo 6º de dicha Ordenanza establece El Departamento Ejecutivo podrá variar las partidas presupuestarias de Tercer Nivel o inferior pero no realizar compensación entre diferentes Jurisdicciones.
Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.
602.000
ELEMENTOS DE
LIMPIEZA
REPUESTOS Y
32.22.100.1.12.227
ACCESORIOS
33.31.311.1.13.322
VISTO: La necesidad de realizar una adecuación presupuestaria para diferentes Secretarías Municipales; y
$
32.22.100.1.12.223
33.31.311.1.13.323
-PROGRAMA-ANEXO
JURISDIC. -SUB
-INCISO-ITEMAUMENTA
JURISD.
DESCRIPC.
ELEMENTOS DE
31.15.100.1.12.214
$
1.800.000
SEGURIDAD
UTILES DE
ESCRITORIO
OFICINA Y
ENSEÑANZA
ALQUILERES
VARIOS
EQUIPOS DE
TRANSPORTE
TRACCION Y
ELEVACION
UTILES Y
MATERIALES
ELECTRICOS
EQUIPOS
ELECTRONICOS E
INFORMATICOS
CONSTRUCCIONES
Y TRABAJOS
PUBLICOS
$
100.000
$
2.000.000
$
2.000.000
$
60.000
$
900.000
$
400.000
$
850.000
$
285.000
$
150.000
OTROS SERV. NO
37.72.100.1.13.399 ESPECIFICADOS
$
PRECEDENTEMENTE
MATERIALES PARA
REPARAC. DE
37.70.762.1.12.250
$
REDES Y
ACUEDUCTOS
MATERIALES PARA
REPARAC. DE
37.70.763.1.12.250
$
REDES Y
ACUEDUCTOS
700.000
4.000.000
3.500.000
$
300.000
$
500.000
$
1.000.000
$
500.000
$
123.000
$
75.000
$
24.000
$
320.000
$
10.000
$
500.000
$
100.000
$
2.000.000
$
500.000
$
460.000
$
1.500.000