Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 20/8/2021
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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz
PRIMERA SECCIÓN
20 de agosto de 2021
N: 121
ÍNDICE PRIMERA SECCIÓN
Decreto Nº 345/C/2021
Decreto Nº 346/C/2021
Decreto Nº 347/DE/2021
Decreto Nº 348/A/2021
Decreto Nº 349/DE/2021
Decreto Nº 350/B/2021
Decreto Nº 351/B/2021
Decreto Nº 352/C/2021
Decreto Nº 353/DE/2021
Decreto Nº 354/C/2021
Decreto Nº 355/B/2021
Decreto Nº 356/B/2021
Decreto Nº 357/A/2021
37.01.704.1.13.321.
Página 1
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DECRETOS
TOTAL
una
adecuación
CONSIDERANDO: Que el Art. 1º de la Ordenanza Nº 6678 del Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.
Que el Art. 7º de dicha Ordenanza establece Las partidas correspondientes a Gastos de Personal, Becas de Capacitación y Locaciones Profesionales, sólo podrán ser utilizadas para imputar Haberes, Becas de Capacitación, Locaciones Profesionales, Seguros de Personal, Adicionales, Aportes y Gastos extraordinarios referidos al Personal. Las cifras asignadas a estas Partidas podrán ser compensadas por el Departamento Ejecutivo entre sí y entre las distintas jurisdicciones.
Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.
36.62.100.1.13.321.
30.04.100.1.13.321.
32.01.100.1.13.321.
32.20.100.1.13.321.
32.21.100.1.13.321.
32.25.100.1.13.321.
32.26.100.1.13.321.
33.32.100.1.13.321.
37.01.702.1.13.321.
1
$ 2.059.539
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D. Gilli, Sec. Economía y Finanzas Ramón C. Montenegro, Oficial Mayor-
VISTO: La necesidad de realizar una adecuación presupuestaria para diferentes Secretarías Municipales; y CONSIDERANDO: Que el Art. 1º de la Ordenanza Nº 6678, Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.
Que el Art. 6º de dicha Ordenanza establece El Departamento Ejecutivo podrá variar las partidas presupuestarias de Tercer Nivel o inferior pero no realizar compensación entre diferentes Jurisdicciones.
Que asimismo, el Art. 11º de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo a crear, modificar y/o fusionar las Partidas a partir del tercer nivel.
Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.
Por ello, en uso de sus atribuciones:
DECRETA
ARTICULO 1.- MODIFICAR, a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:
33.01.100.1.13.321.
660.700
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
32.22.100.1.13.321.
$
ARTICULO 3.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
EL INTENDENTE MUNICIPAL
JURISDIC. -SUB
JURISD.
455.000
ARTICULO 2.- ADECUAR, Nomenclador de Erogaciones conforme al Art. 5 de la Ordenanza N 6678 a las modificaciones aprobadas por el presente Decreto.
Por ello, en uso de sus atribuciones:
-PROGRAMAANEXO -INCISOITEM-DESCRIPC.
LOCACIONES
PROFESIONALES
LOCACIONES
PROFESIONALES
LOCACIONES
PROFESIONALES
LOCACIONES
PROFESIONALES
LOCACIONES
PROFESIONALES
LOCACIONES
PROFESIONALES
LOCACIONES
PROFESIONALES
LOCACIONES
PROFESIONALES
LOCACIONES
PROFESIONALES
LOCACIONES
PROFESIONALES
LOCACIONES
PROFESIONALES
$ 2.059.539
$
DECRETO N 346/C/2021
VILLA CARLOS PAZ, 19 de julio de 2021
DECRETO N 345/C/2021
VILLA CARLOS PAZ, 19 de julio de 2021
VISTO: La necesidad de realizar presupuestaria para abonar Haberes; y
37.74.100.1.13.321.
LOCACIONES
PROFESIONALES
LOCACIONES
PROFESIONALES
AUMENTA
DISMINUYE
ARTICULO 1.- MODIFICAR, a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:
JURISDIC. -SUB
JURISD.
30.04.100.1.12.221.
$ 590.221
30.04.100.1.13.326.
$ 109.318
$ 1.360.000
$
61.813
$
150.200
$
24.056
$
203.231
$
300.000
$
95.221
$
85.318
$
24.000
36.61.100.1.12.226.
36.01.100.1.12.220.
37.75.100.1.12.299.
37.01.100.2.24.413.
37.70.100.1.12.221.
37.70.100.1.13.318.
-PROGRAMA-ANEXO
-INCISO-ITEMDESCRIPC.
UTILES Y
MATERIALES
ELECTRICOS
IMPRENTA
PUBLICACIONES Y
REPRODUCCIONES
UTILES MENORES
MEDICOQUIRURGICOS Y DE
LABORATORIO
MATERIALES DE
CONSTRUCCION Y
AFINES
OTROS B. DE CONS.
NO ESPECIFICADOS
PRECEDENTEMENTE
CONSTRUCCIONES Y
TRABAJOS
PUBLICOS
UTILES Y
MATERIALES
ELECTRICOS
USO Y
MANTENIMIENTO DE
AUMENTA
DISMINUYE
$ 202.500
$ 202.500
$ 300.000
$ 300.000
$ 300.000
$ 300.000
$ 300.000
$ 600.000