Boletín Oficial de la Rioja del 10/03/2023
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Source: Boletín Oficial de La Rioja
Viernes, 10 de marzo de 2023
Núm.49
Página 4657
I.Disposiciones Generales CONSEJERÍA DE SERVICIOS SOCIALES Y GOBERNANZA PÚBLICA
Decreto 7/2023, de 8 de marzo, por el que se aprueba el cambio de denominación del Ilustre Colegio de Abogados de La Rioja por el de Ilustre Colegio de la Abogacía de La Rioja I.24
202303090097802
LanormainstitucionalbásicadelaComunidadAutónomadeLaRioja,aprobadaporLeyOrgánica3/1982,de9dejunio, estableceensuTítuloPreliminar,artículo7.3,quecorrespondealospoderespúblicosdelaComunidadAutónomadeLa Riojaimpulsaraquellasaccionesquetiendanamejorarlascondicionesdevidaytrabajoyaincrementarlaocupaciónyel crecimientoeconómico.
Elámbitocompetencialparaelefectivocumplimientodelmandatocontenidoendichoartículoquedadesarrolladoenel TítuloIdelEstatutodeAutonomía.Dentrodelascompetenciasdedesarrollolegislativoyejecuciónquesecontemplanen elCapítuloIIdeesteTítuloI,elartículo9recoge,ensunúmero10,lamateriadeColegiosProfesionales,encuyoejercicio corresponderáalaComunidadAutónoma,enelmarcodelalegislaciónbásicadelEstadoy,ensucaso,enlostérminosque lamismaestablezca,lapotestadlegislativadedesarrollo,lapotestadreglamentariaylafunciónejecutiva.
Elartículo36delaConstituciónEspañolaestablecequelaleyregularálaspeculiaridadespropiasdelrégimenjurídico delosColegiosProfesionalesyelejerciciodelasprofesionestituladas.EnelámbitoestatalestamateriaseregulóenlaLey 2/1974,de13defebrero,sobreColegiosProfesionales,quecontinuóvigentetraslapromulgacióndelaConstituciónen1978, aunquehasidoobjetodenumerosasreformasposteriores.
LaregulacióndelamateriaenlaComunidadAutónomadeLaRiojasecontieneenlaLey4/1999,de31demarzo,de ColegiosProfesionalesdeLaRioja,cuyoartículo6establecequesusdenominacionesdeberánresponderalatitulación poseída por sus miembros y no podrá ser coincidente o similar con la de otros colegios preexistentes en el territorio, ni induciraerrorencuantoalosprofesionalesqueloscomponen.Tambiénseseñalaenelcitadoartículoquelasexpresadas denominacionescolegialesincluiránlapalabraColegioyfinalizaránconlaexpresióndeLaRioja,yqueelcambiode denominacióndeunColegiorequeriráelacuerdopreviodeéste,adoptadopormayoríaabsolutadesusmiembros,debiendo seraprobadoporDecretodelGobiernodeLaRioja,previaaudienciadeloscolegiosquepuedanresultarafectados,o,de existir,delConsejoGeneralcorrespondiente.
Conformealartículo14delaLey4/1999,eldía6deoctubrede2022,elIlustreColegiodeAbogadosdeLaRiojasolicitó alaConsejeríadeServiciosSocialesyGobernanzaPúblicacalificacióndelegalidaddesusnuevosestatutos,enlosquese incluyeelcambiodedenominacióndelpropioColegioOficialporIlustreColegiodelaAbogacíadeLaRioja.
TalcomolojustificaelpropioColegio,setrataríadeunaacomodacióndeladenominaciónalasnormasactualmente vigentessobrelenguajeinclusivo.Enestesentido,laaprobacióndelapresentenormaseenmarcaenelartículo9.2denuestra normafundamental,queconsagralaobligacióndelospoderespúblicosdepromoverlascondicionesparaquelaigualdad delindividuoydelosgruposenqueseintegrasearealesyefectivasy,enparticular,enloscriteriosgeneralesdeactuación delospoderespúblicosrecogidosenelartículo14delaLeyOrgánica3/2007,de22demarzo,paralaigualdadefectivade mujeresyhombres,encuyoapartado11secontempla:Laimplantacióndeunlenguajenosexistaenelámbitoadministrativo ysufomentoenlatotalidaddelasrelacionessociales,culturalesyartísticas.
Ensuvirtud,elConsejodeGobierno,apropuestadelConsejerodeServiciosSocialesyGobernanzaPública,conforme conelConsejoConsultivodeLaRiojaypreviadeliberacióndesusmiembros,ensureunióndeldía8demarzode2023, acuerdaaprobarelsiguiente, DECRETO
Artículoúnico.Cambiodedenominación.
SeapruebaelcambiodeladenominacióndelIlustreColegiodeAbogadosdeLaRioja,queenvirtuddeesteDecreto pasaaserelIlustreColegiodelaAbogacíadeLaRioja.
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