Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 18/12/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín oficial de la Provincia de soria Viernes, 18 de diciembre de 2020

Núm. 141

la actividad desarrollada por la empresa haya sufrido una reducción de su facturación en los meses de duración del estado de alarma de al menos el 60% de media en relación con la facturación del año 2019.
5º.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.
las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica del ayuntamiento de soria, trámite: ayudas covid para personas autónomas, empresas, trabajadoras y trabajadores conforme al modelo normalizado anexo i. El plazo de presentación es de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria.
6º.- Cuantía de la subvención.
a Una cantidad fija de 750,00 euros a las personas físicas autónomas y asimilados, así como a las entidades sin personalidad jurídica y las personas jurídicas, que no dispongan de establecimiento permanente abierto al público.
b Una cantidad fija de 1.000,00 euros a las personas físicas autónomas y asimilados, así como a las entidades sin personalidad jurídica y las personas jurídicas, que dispongan de establecimiento permanente abierto al público.
c 150,00 euros por cada trabajador por cuenta ajena a jornada completa o parte proporcional que no se haya visto afectado por ErtE
d 150,00 euros que percibirá cada trabajador por cuenta ajena a jornada completa o parte proporcional que se haya visto afectado por ErtE.
la cuantía máxima por beneficiario se establece en 3.000,00 euros.
7º.- Resolución del reconocimiento de la subvención.
El procedimiento de concesión de la subvención será el de concesión directa.
El plazo máximo para resolver será de 6 meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
8º.- Protección de datos personales.
los datos de los y las solicitantes y de sus representantes serán tratados por el ayuntamiento de soria como responsable del tratamiento. la finalidad es la de tramitar la solicitud de subvención, así como la gestión, pago y fiscalización de la misma.
soria, 14 de diciembre de 2020. El concejal delegado, Javier muñoz Expósito.
2320

BAYUBAS DE ABAJO

al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de este ayuntamiento sobre la modificación de la ordenanza fiscal número 13: reguladora del impuesto sobre Vehículos de tracción mecánica cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la ley reguladora de las Haciendas locales, aprobado por el real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
artÍcUlo 6. Bonificaciones.
se establece una bonificación del 100% a favor de los vehículos históricos o aquellos que tengan una antiguedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si esta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar, en los términos previstos en el artículo 1 del real decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba el reglamento de Vehículos Históricos.

BOPSO-141-18122020

Pág. 2451

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 18/12/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaeseSpagna

Data18/12/2020

Conteggio pagine24

Numero di edizioni2681

Prima edizione04/05/2005

Ultima edizione17/05/2024

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