Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 6/2/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín Oficial de la Provincia de Soria Miércoles, 6 de febrero de 2019

Núm. 15

sificación profesional del art. 76 y Disposición Transitoria Tercera del RD 5/2015 por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público.
Tercera.- Instancias y Admisión.
Las instancias, solicitando participar en el concurso, se presentarán en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Soria durante el plazo de veinte días hábiles, iniciándose el plazo el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, en el impreso que figura como Anexo II de la presente convocatoria.
Las instancias, no obstante, podrán presentarse por cualquiera de las formas previstas en el Art. 16.4 de la Ley 39/2015 de P.A.C. de las Admones. Públicas.
Cada concursante podrá incluir en su solicitud cuantos puestos de trabajo ofertados considere de su interés por el orden de su preferencia, sin que se establezca la obligación de concursar a la totalidad de los puestos ofertados.
A la instancia deberán acompañarse necesariamente los siguientes documentos:
a Certificación que acredite el carácter de funcionario de carrera así como Grupo y Subgrupo de clasificación en el que se integre.
b Certificación justificativa de la antigedad del concursante, tanto la reconocida en la Administración, como la antigedad desglosada en cada una de las categorías desempeñadas.
c Certificado del grado consolidado.
d Copia compulsada de los títulos académicos y cursos de formación y perfeccionamiento alegados como méritos a valorar.
Los certificados a que se refieren los apartados a, b y c serán aportados de oficio por esta Diputación, salvo que se refieran a antigedad o servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en cuyo caso deberán de ser aportados por los interesados.
Los concursantes deberán poseer los méritos alegados, debidamente justificados, en el momento de finalización del plazo de presentación de instancias.
Cuarta.- Comisión calificadora.
La Comisión Calificadora estará constituida por un Presidente, cuatro vocales y un Secretario designados por el Presidente de la Diputación.
La Comisión quedará integrada además, en todo caso, por los vocales suplentes que simultáneamente con los titulares, habrán de designarse.
Cualquiera de los miembros de la Comisión deberán abstenerse de actuar, cuando concurra en ellos alguna de las causas del Art. 23 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público Local.
La designación de los miembros de la Comisión se efectuará mediante resolución de la Presidencia, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios.
La Comisión no podrá constituirse válidamente sin la asistencia de más de la mitad de los componentes titulares o suplentes indistintamente.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
Concluido el plazo de presentación de instancias la Presidencia de la Corporación Provincial aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y la publicará en el tablón de anuncios de la Diputación Provincial, concediendo un plazo de diez días para reclamaciones a tenor del Art. 68 de la Ley 39/2015 de P.A.C. de las Admones. Públicas. Las reclamaciones se
BOPSO-15-06022019

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Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 6/2/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaeseSpagna

Data06/02/2019

Conteggio pagine16

Numero di edizioni2683

Prima edizione04/05/2005

Ultima edizione22/05/2024

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