Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 6/10/2021

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca

N.º 192 Miércoles 6 de octubre de 2021

Pág. 33
dos meses desde la finalización del plazo para el pago voluntario o por el incumplimiento de las prohibiciones anteriores.

I. Administración Central
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

9.8 Obligaciones del usuario:

Confederación Hidrográfica del Duero O.A.

Limitar el consumo de agua a sus propias necesidades específicas, evitando con ello todo Comisaría de Aguas exceso de consumo innecesario, en aras a mantener una mejor disponibilidad para el conjunto de los usuarios del abastecimiento.
Anuncio.
Efectuar los vertidos dentro de los límites y condiciones establecidos por la legislación vigente y por las normas que apruebe la Mancomunidad o los respectivos Ayuntamientos.
Notificar a la Mancomunidad a la mayor brevedad posible cualquier avería que detecte, sobre todo cuando tenga como consecuencia una fuga o pérdida de agua potable.
Facilitar el libre desarrollo de los trabajos de lectura de contadores o inspección de los empleados o vocales de la Mancomunidad y de aquellos que no siendo empleados de la misma sean acreditados por ella.
Cuando se produzcan averías en los aparatos contadores, los propietarios de los mismos vendrán obligados a su reparación en el plazo máximo de un mes a contar desde el momento en que se detecte la avería. Transcurrido dicho plazo la Mancomunidad desmontará y reparará el aparato por cuenta del usuario.
9.9 Se establecen los siguientes casos justificados de corte o interrupción del suministro sin derecho alguno del usuario a reclamar daños y perjuicios:
a Avería en cualquiera de las instalaciones que hagan imposible el suministro.
b Pérdida o disminución del caudal disponible que provoque insuficiencia en la dotación, acumulación o presión de agua.
c Aumento de la población que ocasione desequilibrio entre las dotaciones existentes y las necesidades de consumo, mientras se procede al aumento de dichas dotaciones.
d Ejecución de obra o reparación o mejora de las instalaciones que sean necesarias para la perfección de las condiciones del propio suministro.
e Fuerza mayor 9.10 La Mancomunidad declina toda responsabilidad por deficiencia del suministro que sea imputable al dimensionamiento o acondicionamiento de la instalación interior al inmueble del usuario.
Disposición transitoria A las solicitudes de acometida presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ordenanza se les aplicará la redacción de la misma vigente en el momento de la presentación, siempre que se hayan aportado todos los documentos exigibles y abonado íntegramente la tasa correspondiente.
Disposición final La presente modificación de la Ordenanza fiscal entrará en vigor y comenzará a aplicarse a partir del día de su publicación en el BOP y permanecerá en vigor hasta tanto se acuerde su modificación o derogación.

BOP-SA-20211006-013
CVE: BOP-SA-20211006-000

https sede.diputaciondesalamanca.gob.es/BOP/

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA

D.L.: S 1-1958

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 6/10/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salamanca

PaeseSpagna

Data06/10/2021

Conteggio pagine36

Numero di edizioni2961

Prima edizione11/06/2012

Ultima edizione15/05/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Octubre 2021>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31