Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 5/4/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 4

BOLETIN OFICIAL

Martes 05 de Abril de 2022

Considerando:

Considerando:

Que la Función Ejecutiva tiene a su cargo las facultades de evaluar y verificar el cumplimiento de las obligaciones de las empresas beneficiarias, conforme lo establecen los Arts. 16 de la Ley Nacional N 22.021 y 24
del Decreto Nacional N 3.319/79.
Que mediante Decreto N 078/2019, la Función Ejecutiva faculta a la Secretaría de Industria, MiPyME y Comercio a intervenir en todos los trámites atinentes a la aplicación del régimen instituido por Ley Nacional 22.021, sus normas complementarias y reglamentarias.
Que la beneficiaria se presenta comunicando que durante la campaña 2020, no alcanzó el compromiso mínimo de producción de cuatro millones ciento veinticinco mil 4.125.000 kilogramos de aceitunas, establecido para el año 2007 y siguientes respectivamente, logrando el siguiente registro: Año 2020: 1.401.700 kg. de aceitunas.
Que la empresa expone los motivos que le impidieron alcanzar el mínimo de producción comprometido, los que obedecen a problemas climáticos, heladas tardías, altas precipitaciones continuas, como así también enfermedades fúngicas que afectaron las plantas.
Que, asimismo, la empresa fundamenta su pedido en la falta de mano de obra calificada debido a la situación sanitaria por la pandemia de COVID-19, que retiró una parte importante de la mano de obra de cosecha.
Que desde el punto de vista técnico, económico y legal surge opinión favorable para justificar la situación denunciada por la beneficiaria.
Por ello y de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 9
de la Ley Nacional N 22.021, y/o previsto por el Decreto N
078/2019,
Que la Función Ejecutiva tiene a su cargo las facultades de evaluar y verificar el cumplimiento de las obligaciones de las empresas beneficiarias, conforme lo establecen los Arts. 16 de la Ley Nacional N 22.021 y 24
del Decreto Nacional N 3.319/79.
Que, en oportunidad de la formulación y aprobación del proyecto original, y del dictado del Decreto F.E.P. N
1.610/2010, se consignó como localización para el proyecto industrial de la empresa Chilcal S.A. la ciudad de Chilecito en la provincia de La Rioja.
Que si bien tal localización no se determinó de manera expresa en la parte resolutiva, del Visto y de los Considerandos del Decreto F.E.P. N 1.610/10 surge de manera inequívoca tal localización.
Que en la presente gestión la empresa solicita la ampliación de la localización a la ciudad Capital en función de la autorización para producir nuevos bienes en esta ciudad, entre ellos mameluco en Tyvek con refuerzo de cuero en entrepierna para uso industrial, otorgada mediante Resolución S.I.C. y P.I. N 006/2016.
Que la firma cuenta con un predio en el Parque Industrial de la ciudad Capital, que adquirió a la Provincia mediante Contrato de Compraventa suscripto con fecha 27/08/2019, conformado por seis fracciones de tierra, más todo lo clavado y plantado en ellas, identificadas como lotes j, k, h, i, l y m de la Manzana N 258 según Plano de Fraccionamiento N D1 -87/2, con una superficie total de 7.482 m2, predio que fue preadjudicado previamente mediante Decreto F.EP. N 1.001/2015.
Que en la Cláusula Séptima del contrato referido el comprador asume la obligación de destinar los lotes adquiridos a la Fabricación de overoles descartables y otras prendas afines, conforme al proyecto industrial presentado al momento de solicitar su radicación.
Que con fecha 27 de noviembre de 2020, se efectuó inspección técnica y económica en el predio del Parque Industrial de La Rioja, en donde de la verificación efectuada y de lo informado por el Sr. Encargado José Ignacio Heredia se desprende que la empresa que está funcionando en el mismo es El Poderoso Riojano S.R.L. y que el personal 18 personas y la producción constatados pertenecen a la mencionada empresa.
Que, por otra parte, la empresa Chilcal S.A. informó mediante Nota presentada con fecha 08 de marzo de 2018 y dirigida al entonces Ministro de Planeamiento e Industria, el cese en la actividad que venía desarrollando en el Parque Industrial por la imposibilidad de competir con el producto que producían con Licencia de Dupont Internacional por falta de provisión de materia prima, ya que la empresa Dupont decidió sustituir su producto por otro importado directo desde China.
Que, conforme a dicha manifestación y a las constataciones efectuadas en la última inspección, la empresa Chilcal S.A. no desarrolla actividad productiva en los lotes adquiridos en el Parque Industrial, no ejecutando en consecuencia, el proyecto industrial para el cual se adquirió dicho predio.
Que, en consecuencia, no habiendo actividad productiva, ha desaparecido también el objeto para el cual se solicitó la ampliación de localización que tramita en los presentes autos.
Que, no obstante la situación actual descripta, se ha podido verificar, conforme a la documentación aportada por la
LA SECRETARIA DE INDUSTRIA, MIPYME Y
COMERCIO
RESUELVE:
Artículo 1.- Considerar cumplido con el volumen de producción efectivamente alcanzado en la campaña 2020, el compromiso de producción impuesto a la empresa Industrias Químicas y Mineras Timbó S.A., beneficiaria de la Ley Nacional N 22.021 mediante Resolución M.I.C. y E. N
1.153/04.
Artículo 2.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial archívese.
Ing. Julieta F. Calderón Secretaria de Industria, MiPyME y Comercio Ministerio de Trabajo, Empleo e Industria
Secretaría de Industria, MiPyme y Comercio RESOLUCIÓN S.I.P. y C. N 014
La Rioja, 23 de junio de 2021
Visto: El Expte. Cód. P3-N00007-6-Año 2016 por el que la empresa Chilcal S.A., beneficiaria de la Ley Nacional N 22.021 mediante Decreto N 1.610/10, solicita la autorización para ampliar su zona de radicación para su proyecto promovido por Decreto F.E.P. N 1.610/10; y,

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 5/4/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data05/04/2022

Conteggio pagine20

Numero di edizioni2468

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione21/05/2024

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