Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 25/9/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 25 de Septiembre de 2020

BOLETIN OFICIAL

b.
Finalización de documento nacional de identidad en 5, 6, 7, 8 y 9 los días martes, jueves y sábados.
Artículo 7.- Establécese, hasta nueva disposición en contrario, que queda prohibida la venta y distribución de Bebidas Alcohólicas en todo el territorio provincial desde las 20:00 horas del día Viernes hasta las 08:00 horas del día Lunes, encontrándose en consecuencia autorizada su venta y distribución de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas.
Dicha prohibición se hará extensiva también excepcionalmente durante toda la jornada del día Lunes 21 de Septiembre.
Artículo 8.- Ratifíquese que se encuentran terminantemente prohibidas las reuniones familiares y/o sociales dentro de la propiedad privada y en general cualquier tipo de concentración o reunión de personas en la vía pública.
Artículo 9.- Ratifíquese la prohibición de circulación de las personas por fuera del departamento donde residan, salvo aquellos casos autorizados a circular por estar comprendidos dentro de las actividades y servicios declarados esenciales o autorizados para funcionar.
Artículo 10.- Instrúyase a la autoridad sanitaria provincial a efectuar un informe y monitoreo de la situación epidemiológica de cada una de las localidades del interior provincial para evaluar la trayectoria de la enfermedad, pudiendo propiciar ante este Poder Ejecutivo -en caso de variación de los índices técnicos pertinentes-, la revisión de las medidas aquí adoptadas.
Artículo 11.- Establécese que cualquier decisión y/o medida a adoptar por los titulares de los Departamentos Ejecutivos Municipales en el marco de la actual emergencia sanitaria y las presentes disposiciones deberá contar con la autorización de autoridad sanitaria de la provincia, previa toma de conocimiento por parte del titular de la Función Ejecutiva Provincial.
Artículo 12.- Instrúyase al Ministerio de Salud y al Comité Operativo de Emergencia COE, a dictar las disposiciones reglamentarias y la confección de protocolos necesarios para el cumplimiento de lo establecido en el presente decreto.
Artículo 13.- Dispónese que en caso de constatarse el incumplimiento de las medidas dispuestas se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora atentatoria contra la salud pública, pudiendo ser pasibles sus autores de las sanciones administrativas y penales correspondientes establecidas por la Ley Provincial N 10.290, y los artículos 205 y 239 del Código Penal Argentino, respectivamente.
Artículo 14.- El presente decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete y el Sr.
Secretario General de la Gobernación.

Pág. 7

Artículo 15.- Comuníquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Quintela, R.C., Gobernador - Luna, J., J.G. Molina, A.E., S.G.G.

EDICTOS JUDICIALES
El Sr. Juez de la Sala Unipersonal Primera de la Excma. Cámara en lo Civil, Comercial, de Minas, Criminal y Correccional, de la Cuarta Circunscripción Judicial, con sede en la cuidad de Aimogasta, Dr.
Gustavo Roque Díaz, Secretaria A a cargo del Secretario Transitorio, Sr. Díaz Nelson Daniel; en autos Expte. N 40101200000021809-Letra R-Año 2020, caratulados: Romero Ramón Reyes s/Sucesión Ab Intestato, dentro de los 30 días posteriores a partir de la publicación del Edicto Oficial, cita y emplaza a comparecer a quienes se consideren herederos, legatarios o acreedores del causante Romero Ramón Reyes, DNI N 7.958.593, bajo apercibimiento de ley. El presente Edicto se publicará por una 1 vez en el Boletín Oficial.
Secretaria A, 31 de julio de 2020.Edith D. Flores Prosecretaria Secretaria A
Cámara Única Aimogasta Función Judicial La Rioja N 23.955 - $ 192,00 - 25/09/2020 - Aimogasta
El Sr. Juez de la Sala Unipersonal N 8 de la Cámara Cuarta en lo Civil, Comercial y Minas de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia, Dr.
Rodolfo Ramón Ortiz Juárez, Secretaria B, a cargo de la Dra. Silvia S. Zalazar, cita y emplaza a herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideran con derecho a los bienes de la herencia de la extinta Silvia Alejandra Mercado, D.N.I:
18.013.225 a comparecer a estar a derecho en Autos.
Expte. N 10402190000019355, Letra M, año 2019, caratulados: Mercado, Silvia Alejandra - Sucesión Ab Intestato, dentro de el termino de Treinta 30
días contados a partir de la última publicación en el Boletín Oficial. Edicto por un 1 día en el Boletín Oficial y en un diario de circulación local. Ello, bajo apercibimiento de ley.
Secretaria, Febrero de 2020.Dra. Silvia S. Zalazar Secretaria N 23.956 - $ 240,00 - 25/09/2020 - Capital

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 25/9/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data25/09/2020

Conteggio pagine8

Numero di edizioni2468

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione21/05/2024

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