Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 19/10/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
1 9672
ESCUELAS Y SERV. PERFECC. DEL DEPORTE
1 9673
ALQUILER ARTICULOS DEPORTE EN INST. DEP
8551; 9312; 9131
7721
1 9681
INSTALACIÓN. CELEB. ESPECTÁCULOS DEPORTIVOS
9319
1 9682
ORGANIZACION ESPECTACULOS DEPORTIVOS
9319
1 9683
ORGANIZ.ESPECT.DEPORT. FEDERACIÓN. Y CLUBES
9319
1 9691
SALAS DE BAILE Y DISCOTECAS
9329
1 9695
JUEGOS BILLAR, PING-PONG, BOLOS Y OTROS
9312
1 9711
TINTE,LIMP. SECO, LAVADO Y PLANCHADO
1 9712
LIMPIEZA Y TEÑIDO DEL CALZADO
1 9713
ZURCIDO Y REPARACIÓN DE ROPAS
1 9721
SERV. PELUQUERIA SEÑORAS Y CABALLEROS
9602
1 9722
SALONES E INSTITUTOS DE BELLEZA
9602
1 9731
SERVICIOS FOTOGRÁFICOS
1 9732
MAQUINAS AUTOMAT. FOTOGRAFÍAS Y FOTOCOP
1 9733
SERV. COPIAS DOCUMENTOS MAQ.FOTOCOPIA
9601
1511; 9523
95
7420
7420; 8219; 9609
8210
7810; 7820; 7830;
9700
1 974
AGENCIAS PRESTACIÓN SERV.DOMESTICOS
1 975
SERVICIOS DE ENMARCACIÓN
1629
1 979
OTROS SERVICIOS PERSONALES N.C.O.P.
9609
1 9812
JARDINES DE RECREO
9321
1 9813
PARQUES DE ATRACCIONES TAMB. ACUÁTICOS
9321
1 9824
OTRAS ATRAC.,SERVICIOS, FUERA ESTABLEC.
9329
1 9892
SERV. ORGANIZ. CONGRESOS,ASAMBLEAS,
1 9893
PARQUES O RECINTOS FERIALES
2 226
TÉCNICOS EN SONIDO
2 227
TECNICOS EN ILUMINACION
2 853
AGENTES COLOCADORES ARTISTAS
2 854
EXPERTOS ORGANIZACION CONGRESOS
2 86
LIBERALES, ARTISTAS Y LITERATOS
2 861
PINTORES, ESCULTORES, CERAMISTAS, ARTESANOS
2 862
RESTAURADORES OBRAS DE ARTE
2 87
LOTERÍAS, APUESTAS Y DEMÁS JUEGOS DE AZAR
2 871
EXPENDEDORES OFICIALES LOTERÍAS
2 872
EXPENDEDORES OFICIALES APUESTAS
2 873
EXPENDEDORES NO OFICIALES APUESTAS
2 882
GUÍAS DE TURISMO
2 883
GUIAS INTERPRETES DE TURISMO
2 887
MAQUILLADORES Y ESTETICISTAS
3 011
DIRECTORES DE CINE Y TEATRO
3 013
ACTORES DE CINE Y TEATRO
3 021
DIRECTORES COREOGRÁFICOS
3 022
BAILARINES
3 029
OTRAS ACTIV. DEL BAILE NCOP
3 031
MAESTROS Y DIRECTORES DE MÚSICA
3 032
INTÉRPRETES DE INSTRUMENTOS MUSICALES
3 033
CANTANTES
3 039
OTRAS ACTIV. RELAC. MÚSICA NCOP
832.1
AGENCIA DE SEGUROS Y CORREDURÍAS
6612
842
ACT. CONTABILIDAD, TENEDURÍA DE LIBROS, AUDIOTORÍA Y
ASESORÍA
6920
841
SERVICIOS JURÍDICOS
6910
419.1
INDUSTRÍA DEL PAN Y BOLLERÍA
1071
644.2
DESPACHO DE PAN, PAN ESPECIAL Y BOLLERÍA
4724
691.2
REPARACIÓN AUTOMÓVILES Y BICICLETAS
4520
642.4
COMERCIO POR MENOR CARNICERÍAS
4722
643.1
COMERCIO POR MENOR PESCADOS
4723
8230
8230; 9104
Puente Genil, 14 de octubre de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Esteban Morales Sánchez.
Ayuntamiento de San Sebastián de los Ballesteros Núm. 4.032/2021
Don Francisco Javier Maestre Ansio, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Sebastián de los Ballesteros Córdoba, hago saber:
Que no habiéndose formulado reclamación alguna contra el expediente de aprobación de la ORDENANZA FISCAL REGULA-
Nº 199 p.6370
DORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA UTILIZACIÓN DE ALOJAMIENTO RURAL MUNICIPAL CASA DE LA ROSA PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS BALLESTEROS, aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria, de fecha 14 de agosto de 2021, y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 161, de fecha 24 de agosto de 2021, se entiende definitivamente aprobado el acuerdo adoptado conforme a lo establecido en el artículo 17.3
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, pudiéndose interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.
A continuación se inserta el texto íntegro de la ORDENANZA
correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, antes citado.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA UTILIZACIÓN DE ALOJAMIENTO RURAL MUNICIPAL CASA DE LA ROSA PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO
DE SAN SEBASTIÁN DE LOS BALLESTEROS.
ARTÍCULO 1. Fundamento y Naturaleza De conformidad con lo establecido en el artículo 127, en relación con el artículo 41, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se establece la presente Ordenanza Fiscal que regula el Precio Público por LA UTILIZACIÓN
DE ALOJAMIENTO RURAL MUNICIPAL CASA DE LA ROSA
PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE
LOS BALLESTEROS, cuyas normas atienden a lo dispuesto en elos artículos 41 a 47 del ya mencionado del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
El objeto de regulación de este Precio Público es la utilización por personas físicas de las instalaciones del alojamiento rural "CASA DE LA ROSA" con fines de recreo o turísticos.
El alojamiento rural "CASA DE LA ROSA" no se podrá utilizar en régimen de uso meramente habitacional como estancia de vivienda.
Artículo 2. Características del alojamiento y tipo de gestión A Planta baja adaptada a personas con movilidad reducida:
-Dispone de 1 recibidor, 1 habitación dormitorio matrimonio, 1
cocina comedor - salón, 1 baño con ducha y un patio.
B Planta primera:
-Dispone de 3 habitaciones dormitorio y 1 baño con ducha.
Todas las dependencias de la casa son exteriores, dando las mismas al patio de la propia casa, al patio del Molino del Rey a la vía publica y Calle La Rosa.
El Ayuntamiento gestionará directamente la casa rural sita en la Calle La Rosa, existiendo la posibilidad de reservar la misma de forma completa o de forma parcial por habitaciones.
ARTÍCULO 3. Hecho Imponible Constituye el hecho imponible del Precio Público por la prestación del servicio de alojamiento rural CASA DE LA ROSA, entendida esta prestación solo con fines de recreo o turísticos.
ARTÍCULO 4. Sujetos Pasivos Están obligados al pago de la tasa, en concepto de contribuyentes, las personas que disfruten, utilicen o aprovechen especialmente el objeto del hecho imponible del precio público, que formalicen las reservas y asuman las condiciones para su uso.
Subsidiariamente están obligadas al pago todas y cada una de
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
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Martes, 19 de Octubre de 2021