Boletín Oficial de la Provincia de Alicante del 16/4/2025
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
Butlletí Oficial de la Província dAlacant edita excma. diputació provincial dalacant
Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
Nº 73 de 16/04/2025
edita excma. diputación provincial de alicante
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
SUMA-GESTIÓN TRIBUTARIA DIPUTACIÓN DE ALICANTE
2721
DELEGACIÓN RECAUDACIÓN EJECUTIVA DE TODOS LOS TRIBUTOS Y DEMÁS INGRESOS DE
DERECHO PÚBLICO DEL AJUNTAMENT DE BENIMASSOT EN SUMA GESTIÓN TRIBUTARIA.
ANUNCIO
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 7.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publica la aceptación, mediante Decreto del Ilmo. Sr.
Presidente de la Excma. Diputación Provincial núm. 1.637, de fecha 14 de abril de 2025, de la delegación concreta efectuada por el Pleno del Ajuntament de Benimassot, en su sesión de fecha 10 de marzo de 2025, con el alcance, condiciones generales y contenido establecidos en el acuerdo para la Delegación en la Diputación Provincial de Alicante de las facultades atribuidas en materia de Recaudación de Tributos y Precios Públicos de los municipios de la provincia aprobado en la sesión del Pleno Provincial de fecha 10 de julio de 2024, BOP nº 172, de fecha 6 de septiembre de 2024, y DOCV nº 9.940, de fecha 19 de septiembre de 2024,, en las materias que a continuación se señalan:
Recaudación en periodo ejecutivo de las deudas por liquidaciones de ingreso directo, así como las autoliquidaciones del siguiente ayuntamiento:
BENIMASSOT
- Todos los tributos y demás ingresos de derecho público.
La entrada en vigor de esta delegación tendrá lugar en la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la aceptación de la delegación por parte de la Diputación de Alicante. La Entidad Local podrá acordar la revocación de dicha delegación, comunicándolo a la otra parte con seis meses de antelación. Asimismo la Diputación podrá acordar la renuncia a la delegación, comunicándola a la Entidad Local, en igual plazo.
Documento firmado electrónicamente.
LA JEFA DEL DEPARTAMENTO
EL PRESIDENTE
Pág. 1
LA SECRETARIA GENERAL
2721 / 2025