Boletín Oficial de la Provincia de Alicante del 10/10/2024
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
Butlletí Oficial de la Província dAlacant edita excma. diputació provincial dalacant
Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
Nº 195 de 10/10/2024
edita excma. diputación provincial de alicante
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales
Suplemento de Crédito
Créditos finales
160.00.02
Seguridad Social SAD
11.061,21 €
279,60 €
11.340,81 €
120.00.00
Gratificaciones secretariointerventora en acumulación
19.737,37 €
423,30 €
20.160,67 €
920
130.00.03
Personal laboral.
Retribuciones básicas. Aux.
Administrativo
11.536,86 €
287,78 €
11.824,64 €
920
130.02.03
Personal laboral.
Retribuciones básicas. Aux.
Administrativo
12.752,74 €
318,50 €
13.071,24 €
920
160.00.03
Seguridad Social.
Aux. Administrativo
7.852,83 €
196,01 €
8.048,84 €
TOTAL
228.273,51 €
5.634,57 €
233.908,08 €
Progr.
Económica
231
920
Esta modificación se financia con cargo al fondo de contingencia en los siguientes términos:
Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos Aplicación Progr.
Económica
929
500
Descripción Fondo de Contingencia TOTAL
Créditos iniciales
Bajas o anulaciones
Créditos finales
12.019,12 €
5.634,66 €
17.653,78 €
12.019,12 €
5.634,66 €
17.653,78 €
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Alicante, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Busot, en la fecha electrónica indicada al margen.
El Presidente Alejandro Morant Climent
Pág. 2
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