Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 27/12/2023
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
27 Diciembre 2023
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 244
Artículo.96 Cubiertas.
Los materiales predominantes en cubierta serán la pizarra, la losa u otros elementos constructivos que aporten una textura y cromatismo similar a los materiales tradicionales.
Queda expresamente prohibido el empleo de placas de fibrocemento.
Artículo.108 Regulación de usos en el suelo no urbanizable.
J. USO 10: Explotaciones ganaderas, agrícolas e industrias aisladas Parcela mínima: 3.500 m.
Edificabilidad: 0,10 m/m.
Sup. Máx. de ocupación: 1.000 m.
Nº de plantas: Baja más entrecubierta.
Altura de fachada: 5,50 m. Se podrá incrementar dicha altura de forma puntual siempre y cuando se justifique adecuadamente y siempre que resulte imprescindible por razones de los procesos productivos o de gestión de la explotación. En caso de que la edificación tenga una altura superior a la máxima visible, deberá aportarse estudio de impacto paisajístico que permita valorar su adecuada integración y controlar el impacto producido.
Altura máxima de la edificación: 10,50 m Long. máx. edificación: 40 m.
Dist. linderos y entre edif: 5 m.
Se enmascarará la edificación mediante setos y arbolado.
Se autorizará una vivienda de hasta 90 m de superficie útil, que formará parte de la edificación, una vez esté registrada la instalación de uso agropecuario o industrial.
Distancia mínima de los edificios a Suelo Urbano: 500 m.
Distancia mínima entre edificios de distintas explotaciones: 200 m.
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