Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 8/10/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

8 Octubre 2021

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 193

Cuarto. Aprobado definitivamente el Plan se publicará en la BDNS y en la sede electrónica de la DPH.
Quinto. Facultar a la Presidencia de la Corporación, tan ampliamente como en derecho proceda, para adoptar las resoluciones necesarias en orden a la plena efectividad del Plan.
Estas bases constituyen la normativa específica a que se refiere la Disposición Adicional octava de la Ley 38/2003, General de Subvenciones LGS, resultando de aplicación supletoria la referida LGS, la Ley 5/2015 de subvenciones de Aragón y el RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003.
La Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Huesca resultará aplicable en cuanto no se oponga a lo regulado en estas bases.
El procedimiento de concesión se establece en forma de concurrencia competitiva, régimen simplificado, se conformidad con lo dispuesto en el art. 14.3.b de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, habiéndose recogido con carácter previo los criterios para conceder la subvención dentro del crédito fijado en la convocatoria.
El Plan se tramita de forma plurianual y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, igualdad y no discriminación.

NORMAS DE GESTIÓN DEL PLAN
1.- SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN
Deberán presentarse en un plazo de diez días hábiles desde la publicación del anuncio de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia, entendiéndose que renuncian a la subvención concedida en caso contrario. La solicitud implicará la aceptación de la subvención.
Podrán solicitarse un máximo de tres actuaciones por Ayuntamiento.
La solicitud de la actuación se acompañará de los Anexos que se encuentran disponibles en sede electrónica de esta Corporación https dphuesca.sedipualba.es/ :
a Modelo S1 de Solicitud de subvención y documento técnico de la actuación.
El contenido mínimo será una memoria descriptiva detallada de los trabajos a ejecutar que incluya:
Objeto de la solicitud.
Ubicación exacta.
Alcance de la actuación a realizar solo gastos subvencionables.
Detalles de la misma.
Objetivo a conseguir.
Valoración económica, con 13% de GG y 6% BI, en su caso, IVA que resulte de aplicación e Importe total.

b Modelo S2. Certificación emitida por el Secretario?Interventor/Interventor de la Corporación con el V.º B.º de su Presidente, que acredite:
El cumplimiento de requisitos para obtener y mantener la condición de beneficiario.
La titularidad de los bienes y servicios municipales en los que se ejecutará la inversión.
10062

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Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 8/10/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

PaeseSpagna

Data08/10/2021

Conteggio pagine48

Numero di edizioni4946

Prima edizione02/01/2004

Ultima edizione31/05/2024

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