Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 6/3/2018
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
6 Marzo 2018
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 45
subvención del 70 % del coste subvencionable d Los ayuntamientos de más de 5.000 habitantes podrán obtener hasta un máximo de subvención del 60 % del coste subvencionable 2.- Para los programas de actividades de promoción a la lectura y otras actividades en las bibliotecas:
a Los ayuntamientos de 1 a 1.000 habitantes podrán obtener hasta un máximo de subvención del del 80 % del coste subvencionable b Los ayuntamientos de 1.001 a 3.000 habitantes podrán obtener hasta un máximo de subvención del 75 % del coste subvencionable c Los ayuntamientos de 3.001 a 5.000 habitantes podrán obtener hasta un máximo de subvención del 70 % del coste subvencionable d Los ayuntamientos de más de 5.000 habitantes podrán obtener hasta un máximo de subvención del 60 % del coste subvencionable Cada una de las solicitudes concretara una sola actuación estableciéndose el máximo de solicitudes por beneficiario de una por cada una de las instalaciones bibliotecarias y por cada uno de los apartados dotaciones documentales y actividades propias.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Sexto. Otros datos:
La solicitud deberá ir acompañada de un presupuesto detallado y financiación de la actividad o adquisición y una memoria explicativa, además de las condiciones particulares que se exijan en la convocatoria.
El período de ejecución de las actividades comprenderá desde el 1 de noviembre de 2017
hasta el 31 de octubre de 2018.
La subvención será compatible con otras sin que la suma de todas las ayudas públicas pueda superar el 80% del coste de la actividad.
Huesca, 1 de marzo de 2018. El Presidente, Miguel Gracia Ferrer
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