Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 29/4/2025
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Source: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario
B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 1849 - Publicado el: 29/04/2025
Concejo Municipal deario
LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO HA SANCIONADO LA SIGUIENTE
ORDENANZA
N 10.772
Concejo Municipal Las Comisiones de Planeamiento y Urbanismo y de Gobierno han tomado en consideración el Mensaje No 096/SP/2024 IG, el cual expresa:
/Visto: El expediente N 18.152-A-2024, a partir de la solicitud de anulación del trazado de la calle 1 711 presentada por la Asociación Rosarina de Ayuda Solidaria ARAS, ubicada en calle Límite del Municipio No 8190, empadronado catastralmente en la Sección 17º, S/Manzana, Gráfico 212, Subdivisión 2; todo ello evaluado por las oficinas técnicas intervinientes, y Considerando: Que, obrante a fs. 19 del expediente No 18.152A-2024 D.E. con fecha 24/06/2024 consta el informe de la Dirección General de Fiscalización Urbanística y la Dirección General de Planificación Urbana, con el Visto Bueno del Subsecretario de Planeamiento, Arq. Pablo Florio: Vistas las presentes actuaciones se infonna que el pedido de supresión de calle 1711
fonnulado a fs. 01 por la Asociación Rosarina de Ayuda Solidaria ARAS, fue ingresado en fecha posterior a la elevación al Concejo Municipal del Mensaje No 060/SP/2024 IG, 27!05!2024, referido al "Plan Especial de Integración Urbano Productiva Cuadrante Wilde Sur", cuya propuesta vial mantiene entre otras, la afectación vigente del citado trazado oficial Art. 6.11..
En ese sentido, y el marco de los criterios generales de urbanización establecidos en dicho Plan Especial, se conservó el rol original previsto en el Decreto No 37.897!69
como arteria secundaria de distribución interna.
Es de mencionar que desde la fecha de creación no se registran antecedentes de incorporación al dominio y uso público del tramo comprendido entre las calles Pcia.
de Misiones y Camino de los Indios.
Dada las particularidades planteadas, se considera pertinente poner en conocimiento del mencionado cuerpo legislativo a fin de evaluar lo solicitado por el recurrente de manera conjunta al texto nonnativo recientemente enviado, teniendo en cuenta además el Decreto N 61.429!22, referido al lote lindero con igual afectación.
Cabe aclarar que sobre las parcelas involucradas S/M, Gráfico 212, S!D 1 y 2
recaería la afectación del nuevo trazado de Bv. Wilde, eje estructural de la propuesta, que organiza y articula los distintos sectores que confonnan el Plan Especial, su entorno inmediato, el resto de la ciudad y áreas metropolitanas.
Por todo lo expuesto se eleva y de acordar con el criterio expuesto correspondería
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