Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 30/10/2018

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Source: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 911 - Publicado el: 30/10/2018

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notificación por parte de los organizadores al momento de solicitud autorización para el evento 30 días antes.
Que no obstante, otras Ordenanzas prevén la certificados de salud para otro tipo de actividades.
Que conforme a la Ordenanza N o 4.991, resulta exigible a las personas que concurren a gimnasios dentro del ámbito de la ciudad de Rosario, la presentación de certificado de salud anual actualizado, otorgado por un médico deportólogo particular u oficial o en su defecto por los profesionales autorizados por el Colegio de Médicos a tal fin.
Que conforme la Ordenanza N o 2.403 dentro del ámbito de la ciudad de Rosario "Todo deportista y10 árbitro que intervenga en cualquier competición oficial dentro del municipio, sea patrocinada por los poderes públicos, asociaciones, federaciones, e instituciones con sede en la ciudad de Rosario, deberá presentar antes de su iniciación certificado médico municipal o del médico de instituciones que lo habilite para tal fin".
Que la Ordenanza No 9.049 crea en el ámbito de la ciudad de Rosario el "Programa de Prevención de Muerte Súbita en el Deporte Federado", disponiendo además de acciones de investigación y prevención, la exigencia para los deportistas federados de acreditar, con carácter anual, la realización de un examen clínico por parte de un cardiólogo o deportólogo, y un electrocardiograma.
Que dentro de la Municipalidad de Rosario, el Departamento Médico de la Dirección de Deportes y Recreación dispone los medios para la realización de los exámenes médicos y habilitaciones de los deportistas.
Que Rosario se ha convertido en un centro urbano de referencia para la práctica de maratones y media-maratones, así como otros encuentros competitivos.
Que la costumbre dentro de estos eventos es que los organizadores recomienden a los participantes la realización de chequeos médicos previos, pero éstos no resultan exigibles como condición sine qua non para participar en las maratones, siendo por el contrarío obligación de los participantes la aceptación del riesgo derivado de la actividad deportiva de maratón.
Que los certificados médicos se caracterizan por ser un documento "Veraz; Descriptivo; Coherente; Documentado; Limitado y Formal"
conforme la normativa nacional vigente, y las prácticas establecidas por los colegios médicos.
Que son objetivos de los certificados médicos "Determinar situaciones que puedan poner en riesgo la vida de la persona o la de terceros" a la vez que "generar un control de salud y detectar precozmente patologías".
Que los exámenes médicos de aptitud física tienen como objetivo disminuir la incidencia de muerte súbita en los deportistas; identificar problemas médicos, sobre todo cardiológicos severos que pongan al deportista en riesgo de lesión o enfermedad, identificar problemas corregibles que puedan disminuir la capacidad de rendimiento del deportista, ayudar a mantener la salud y seguridad del deportista, evaluar el nivel de condición física para el deporte y la maduración del deportista, educar a los deportistas y padres acerca del deporte, el ejercicio, las lesiones y otros asuntos relacionados con la salud.

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Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 30/10/2018

TitoloBoletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

PaeseArgentina

Data30/10/2018

Conteggio pagine14

Numero di edizioni1210

Prima edizione10/10/2012

Ultima edizione24/05/2024

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