Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 16/10/2019

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Source: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM
Pág. 234

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE OCTUBRE DE 2019

B.O.C.M. Núm. 246

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
177

TOLEDO NÚMERO 1
EDICTO

D/D JUAN ANTONIO MUÑOZ SANCHEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de TOLEDO.
HAGO SABER: Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES
0000174 /2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/D ANA ESPAÑA
DIAZ MAROTO contra HOTTELIA EXTERNALIZACION Y SERVICIOS OUTSURCING ESPAÑA S.L., FONDO DE GARANTIA SALARIAL FOGASA sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la Sentencia núm. 71/2019 de fecha 11/02/2019 a favor de la parte ejecutante, ANA ESPAÑA DIAZ MAROTO, frente a HOTTELIA EXTERNALIZACION Y SERVICIOS OUTSURCING ESPAÑA S.L.
B20891172, FONDO DE GARANTIA SALARIAL FOGASA, parte ejecutada, por importe de 971,77 euros en concepto de principal, más otros 194 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración de Justicia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.
Conforme la doctrina emanada de la Sala de lo Social de la TSJ de Castilla La Mancha, procédase a notificar en su domicilio a la parte ejecutada, la presente ejecución, al ser el primer acto de comunicación, haciéndole saber que los sucesivos actos de comunicación se llevarán a cabo por Sede Electrónica.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 1 abierta en BANESTO O.P. TOLEDO, cuenta nº 4320 0000 64 0174 19 debiendo indicar en el campo concepto, Recurso seguida del código 30 Social-Reposición. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código 30 SocialReposición. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

BOCM-20191016-177

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

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Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 16/10/2019

TitoloBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

PaeseSpagna

Data16/10/2019

Conteggio pagine237

Numero di edizioni4262

Prima edizione12/02/2010

Ultima edizione15/05/2024

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