Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/10/2018 (Anexo)
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)
N 5486 - 26/10/2018
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 1
ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N 5486
ANEXO - RESOLUCIÓN N.º 43/OGDAI/18
G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
2018 AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD
Informe Número: IF-2018-28524857- -OGDAI
Buenos Aires, Miércoles 17 de Octubre de 2018
Referencia: Informe Expediente N 25788309-2018-MGEYA-MGEYA
INTRODUCCIÓN
El presente informe corresponde al reclamo del 18 de septiembre de 2018 - en los términos del art. 32 de la Ley N 104 texto modificado por Ley N 5784 -por la Sra. Laura Gómez contra la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor del Ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A continuación, se procede a volcar el análisis del caso, efectuado a partir de los derechos, principios y conceptos receptados en la normativa aludida ut supra.
ANTECEDENTES
I. Solicitud de información El 16 de agosto de 2018, la Sra. Laura Vanina Gómez presentó una solicitud de información ante la Secretaría de Atención y Demanda Ciudadana, solicitando la siguiente la información del RPA desde el comienzo del 2016 al día de la presentación de la solicitud sic:
I. Estadística de sanciones a los administradores sin denuncia del consorcista.
II. Desglosamiento del punto anterior de la estadística por el tipo de incumplimiento normativo.
III. Cantidad de casos detectados y estadística de irregularidades en las Declaraciones Juradas. Normativa o procedimiento seguido en esos casos IV. Cantidad o estadística de Administradores sancionados y que se les renovó el registro.
V. Audiencia pública realizadas, fecha, lugar, forma de convocatoria para tratar el Proyecto de Consorcio Participativo antes de que fuera tratado en la legislatura.
VI. Cantidad o estadística de Administradores sancionados que administran edificios de viviendas otorgadas por el IVC.
VII. Accionar del organismo al detectar faltas en las documentaciones que debe llevar el Administrado.
II. Solicitud de información El 30 de agosto de 2018 la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor contestó la solicitud indicando: