Boletín Oficial de Bizkaia del 30/9/2024
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Source: Boletín Oficial de Bizkaia
BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA
Lunes, 30 de septiembre de 2024
Pág. 3
SECCIÓN I
ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA
Diputación Foral de Bizkaia Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales Resolución 345/2024 de 16 de septiembre de la Dirección General de Relaciones Municipales, por la que se confiere nombramiento accidental para el puesto de secretaría del Ayuntamiento de Sestao.
Antecedentes de hecho Con fecha 13 de septiembre de 2024 Número de Registro 2071837 tiene entrada en el Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales el decreto de la alcaldesa de Sestao por el que se solicita el nombramiento accidental de María Ángeles Sáez Meabe como secretaria del Ayuntamiento de Sestao desde el 16 de septiembre de 2024, y hasta la provisión legal del puesto.
Fundamentación jurídica El artículo 52 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional Dice así:
1. Cuando no fuese posible la provisión del puesto por los procedimientos previstos en los artículos anteriores del presente real decreto, las Corporaciones Locales podrán solicitar a las Comunidades Autónomas el nombramiento, con carácter accidental, de uno de sus funcionarios con la preparación técnica adecuada y, siempre que sea posible, que pertenezca al subgrupo A1 o cuente con una titulación universitaria. En las Corporaciones Locales de más de 5.000 habitantes, en todo caso, será un funcionario de carrera perteneciente al subgrupo A1.
2. Para que se pueda efectuar un nombramiento accidental, el puesto deberá estar vacante, o no encontrarse desempeñado efectivamente por su titular, por encontrarse en alguna de las circunstancias siguientes:
a Comisión de servicios.
b Suspensión por un periodo superior a un mes.
c Excedencia por cuidado de familiares.
d Excedencia por violencia de género.
e Incapacidad temporal por periodo superior a un mes.
f Otros supuestos de ausencia, siempre que sea superior a un mes.
3. La Comunidad Autónoma efectuará el nombramiento accidental solicitado, siempre que no exista posibilidad de nombrar a un funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional para dicho puesto.
4. Para los supuestos de incapacidad temporal por periodos de tiempo inferiores a un mes, o ausencia del titular del puesto por vacaciones, asuntos propios u otras causas, por periodos inferiores a un mes, se podrá nombrar accidentalmente, a propuesta del Presidente de la Corporación a un funcionario propio de la Entidad Local, de acuerdo con la normativa autonómica.
5. En ningún caso podrá ser habilitado accidentalmente un funcionario interino para desempeñar un puesto reservado a funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional.
De la documentación aportada se deduce que la persona propuesta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 52 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo,
cve: BOB-2024a188
Núm. 188
BOB