Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 1/12/2020

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

AUTORIDADES Y PERSONAL
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

531.-

DECRETO de la Consejera de Hacienda, Economía y Función Pública D Kissy Chandiramani Ramesh, por el que se aprueba las bases de la convocatoria para la provisión de un puesto de trabajo de Policía Local de la Unidad de Atestados de la Ciudad Autónoma de Ceuta, mediante el sistema de concurso de méritos.
A instancia del Superintendente Jefe de la Policía Local de la Ciudad, se tiene prevista la tramitación de la convocatoria para la provisión de un puesto de trabajo de Policía Local de la Unidad de Atestados de la Ciudad Autónoma de Ceuta, por el procedimiento de concurso de méritos, de conformidad con las bases aprobadas y publicadas en el B.O.C.CE. nº 5.223, de 4 de enero de 2013.
Las condiciones particulares del puesto quedan recogidas en documento adjunto Anexo I de las que han sido informadas las Centrales Sindicales.
De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece en su artículo 78 que:
1. Las Administraciones Públicas proveerán los puestos de trabajo mediante procedimientos basados en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. 2. La provisión de puestos de trabajo en cada Administración Pública se llevará a cabo por los procedimientos de concurso y de libre designación con convocatoria pública. El art 79.1 del mismo texto dispone que: El concurso, como procedimiento normal de provisión de puestos de trabajo, consistirá en la valoración de los méritos y capacidades y, en su caso, aptitudes de los candidatos por órganos colegiados de carácter técnico. La composición de estos órganos responderá al principio de profesionalidad y especialización de sus miembros y se adecuará al criterio de paridad entre mujer y hombre. Su funcionamiento se ajustará a las reglas de imparcialidad y objetividad.
Por otra parte, el artículo 35 del Reglamento Regulador de la Relación, Provisión, Valoración y Retribución de los Puestos de Trabajo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, recoge que el concurso constituye el sistema normal de provisión y en él se valorarán, con relación al puesto de trabajo que se trate de proveer, los méritos que se contengan en las bases de las correspondientes convocatorias, que deberán ser publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta apartado 1, y, asimismo, que en el mismo se podrá prever la realización de pruebas prácticas y entrevistas personales que permitan evaluar la adecuación de los aspirantes a las específicas características del puesto apartado 2.
En relación a las convocatorias, el artículo 36 del mismo Reglamento señala que contendrán necesariamente, en sus bases, lo siguiente: a Denominación, descripción, nivel de complemento de destino y retribución del puesto de trabajo; b Requisitos de desempeño del puesto; c Méritos a valorar y baremo con arreglo al cual se puntuarán los mismos; d Previsión de la elaboración de memorias y celebración de entrevistas, en su caso; e Composición de la Comisión de Valoración; f Plazo y forma de presentación de las solicitudes.

El citado Reglamento, en su artículo 37 concreta el requisito de permanencia de un mínimo de dos años en el puesto de trabajo para poder participar en los concursos; en su artículo 38, la composición y las funciones de las Comisiones de Valoración; y en su artículo 39, el órgano competente para la aprobación de las bases de los concursos y el plazo para tomar posesión tres días hábiles desde la resolución del concurso, que se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta -.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 21, 22 y 25 de la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta, así como lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 5 del Reglamento de Gobierno y los Servicios de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta B.O.C.CE de 10.11.2017, y en uso de las atribuciones que le confieren los Decretos de la Presidencia, de 2 de marzo de 2020 B.O.C.CE Extra nº 19 de 03-03-20, HE RESUELTO:
Primero.- Se aprueba la convocatoria para la provisión de un puesto de trabajo de Policía Local de la Unidad de Atestados de la Ciudad Autónoma de Ceuta, por el procedimiento de concurso de méritos, de conformidad con las bases aprobadas y publicadas en el B.O.C.CE. nº 5.223, de 4 de enero de 2013, y Anexo I a esta resolución.
Segundo.- Contra las presente bases, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano competente en materia de personal de la Ciudad o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ceuta, en el plazo de uno o dos meses contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la resolución de aprobación de las bases en el Boletín Oficial de la Ciudad, respectivamente. Y ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho.
Firmado digitalmente en Ceuta, en la fecha indicada.
LA CONSEJERA DE HACIENDA, ECONOMÍA
Y FUNCIÓN PÚBLICA
KISSY CHANDIRAMANI RAMESH
FECHA 24/11/2020

LA SECRETARIA GENERAL
MARÍA DOLORES PASTILLA GÓMEZ
FECHA 24/11/2020

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

1.320

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 1/12/2020

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaeseSpagna

Data01/12/2020

Conteggio pagine42

Numero di edizioni6173

Prima edizione19/11/1926

Ultima edizione11/06/2024

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