Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 09/08/2024
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Viernes 09 de Agosto de 2024
EDICION Nº 11.130
PROVINCIA DEL CHACO
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
SUBSECRETARIA DE LEGAL Y TECNICA
DIRECCION BOLETIN OFICIAL
Subsecretario: JULIO CESAR FERRO
Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL
Viernes 09 de Agosto de 2024
EDICION Nº 11.130
LEGISLACION-NORMATIVA-COMUNICACIONES OFICIALES
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY NRO. 4053-W
CONVOCA A ELECCIONES AUTORIDADES
DEL INSTITUTO DEL ABORIGEN CHAQUEÑO
ARTÍCULO 1: Prorrógase el mandato de todas las autoridades del actual Directorio del Instituto del Aborigen Chaqueño, que fueran electas en los últimos comicios celebrados el día 18 de julio del año 2021, hasta la asunción de las autoridades electas que surjan de los comicios convocados por la presente ley para el 23 de marzo del año 2025.
ARTÍCULO 2: Establécese que la prórroga de mandatos dispuesta en el artículo precedente, es de carácter excepcional y se instituye por única vez, al sólo efecto de dar cumplimiento a lo establecido por la ley 562-W.
ARTÍCULO 3: Convócase a elecciones para el día 23 de marzo del año 2025 a efectos de elegir un 1 Presidente, un 1
Vicepresidente, dos 2 Vocales Titulares y dos 2 Vocales Suplentes para cada Pueblo Originario que integran el Directorio del Instituto del Aborigen Chaqueño de acuerdo con lo establecido por los artículos 27 y 28 de la ley 562-W.
ARTÍCULO 4: Promulgada la ley, se conformará la Junta Electoral Indígena que actuará en el presente proceso electoral que estará compuesta por un 1 Presidente, designado por el Poder Ejecutivo Provincial, un 1 Vicepresidente que será designado por el Instituto del Aborigen Chaqueño quien deberá pertenecer a alguna de las tres etnias reconocidas por el Instituto del Aborigen Chaqueño, tres 3 Vocales Titulares y tres 3 Vocales Suplentes designados por el Tribunal Electoral de la Provincia del Chaco.
Se dispondrá una compensación especial para los integrantes de la Junta Electoral Indígena, la que se imputará a la respectiva partida presupuestaria de la Jurisdicción 25 - Instituto del Aborigen Chaqueño para los cargos de Presidente, Vicepresidente y Vocales Titulares y Suplentes de acuerdo con la naturaleza del gasto y con los nomencladores vigentes. Una vez confirmadas las listas que participarán del acto eleccionario, podrán designar un representante Fiscalizador por cada una de ellas, que solo tendrán la función de observar la actuación de la Junta Electoral Indígena, a fin de salvaguardar la confianza y la transparencia del proceso electoral y los principios democráticos.
ARTÍCULO 5: La Junta Electoral Indígena se ajustará al siguiente Cronograma Electoral:
a La Junta Electoral se constituirá a los fines de iniciar la depuración del Padrón Electoral Indígena y convocará a comicios ciento treinta 130 días antes de la elección.
b Recibirá por cuarenta y cinco 45 días los reclamos de inclusión o corrección del Padrón Electoral, tomando como Padrón Provisorio el utilizado en la última elección del 18 de Julio del año 2021, el mismo se pondrá en observación a partir de la fecha que determine la Junta Electoral Indígena.
c Recibirá hasta cincuenta 50 días antes de la elección la lista de candidatos avalados por el cinco por ciento 5% de adherentes del Padrón e inmediatamente las remitirá al Tribunal Electoral de la Provincia para el trámite de oficialización.
d El Padrón Definitivo deberá estar confeccionado cuarenta y cinco 45 días antes de la elección.
e Recibirá hasta treinta 30 días antes de la elección los modelos de Boletas de sufragios para el trámite de oficialización.
f De toda resolución definitiva de la Junta Electoral, solo se podrá interponer Recurso de Revocatoria por el Apoderado de la lista dentro de las veinticuatro 24 horas de notificada la misma.
g Todos los plazos son de días corridos a partir de la constitución de la Junta Electoral Indígena, quien atenderá y funcionará todos los días hasta terminar su cometido en el lugar que oportunamente se le asigne. Los plazos en el Cronograma Electoral Indígena podrán ser modificados parcialmente por la Junta Electoral o por emergencia Oficina: Av. Rivadavia Nº 322 Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500
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