Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 28/10/2022
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Viernes 28 de Octubre de 2022
EDICION Nº 10.872
PROVINCIA DEL CHACO
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
SUBSECRETARIA DE LEGAL Y TECNICA
DIRECCION BOLETIN OFICIAL
Subsecretario: ESC. CRISTIAN W. ROLÓN MOTTER
Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL
Viernes 28 de Octubre de 2022
EDICION Nº 10.872
LEGISLACION, NORMATIVA
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY NRO. 3703-G
DÍA PROVINCIAL DEL PUERPERIO
ARTÍCULO 1: Institúyese como el "Día del Puerperio", el primer miércoles de agosto de cada año en todo el territorio provincial.
ARTÍCULO 2: Son objetivos de la presente:
a Concientizar sobre los cambios físicos y emocionales que vive una madre luego del parto.
b Visibilizar esta etapa para trabajar interdisciplinaria y socialmente en estrategias que mejoren la experiencia de las madres.
c Valorizar el puerperio no solo a nivel individual sino colectivo.
d Coordinar acciones y esfuerzos conjuntos que permitan que toda mujer y familia sepan qué esperar en esta etapa y pueda pedir y recibir ayuda oportuna a tiempo.
ARTÍCULO 3: El Ministerio de Salud Pública en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Social deberán desarrollar una campaña de difusión y concientización vinculados con los objetivos de la presente ley.
ARTÍCULO 4: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los cinco días del mes de octubre del año dos mil veintidós.
Rubén Darío GAMARRA
Salvador Jaime PARRA MORENO
Secretario Vicepresidente 1º DECRETO Nº 2531
RESISTENCIA, Chaco, Martes 25 de octubre de 2022
VISTO:
La actuación electrónica N E 2-2022-19495-Ae y la sanción legislativa Nº 3.703-G; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley Nº 1.024-B, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1º: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa Nº 3.703-G cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2º: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Centeno Capitanich s/c E:28/10/2022
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LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY NRO. 3704-S
Oficina: Av. Rivadavia Nº 322 Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500
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