Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 09/03/2022
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Miércoles 9 de Marzo de 2022
EDICION Nº 10.781
Subsecretario: ESC. CRISTIAN W. ROLÓN MOTTER
Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL
Miércoles 9 de Marzo de 2022
EDICION Nº 10.781
LEGISLACION, NORMATIVA
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY NRO. 3508-A
-MODIFICA LEY 3108-A LEY DE MINISTERIOARTÍCULO 1º: Modificase el artículo 1 de la ley 3108-A -Ley de Ministerios-, el que queda redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 1: El despacho de los asuntos administrativos de la Provincia estará a cargo de los siguientes Ministerios:
1. Gobierno y Trabajo.
2. Seguridad y Justicia.
3. Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
4. Planificación, Economía e Infraestructura.
5. Desarrollo Social.
6. Producción, Industria y Empleo.
7. Salud Pública.
8. Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible."
ARTICULO 2: Modificase el artículo 11 de la ley 3108-A -Ley de Ministerios-, el que queda redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 11: El Gobernador será asistido en forma directa, además. por los titulares de las Secretarías que se mencionan a continuación:
1. Secretaría General de Gobernación.
2. Secretaría de Derechos Humanos y Géneros.
3. Secretaría de Municipios.
Asimismo, será asistido por los titulares, de aquellos organismos e institutos que de conformidad con sus respectivas leyes de creación, tengan relación de directa dependencia con el titular del Poder Ejecutivo."
ARTÍCULO 3: Incorpórese dentro del "TÍTULO V - Competencias de los Ministerios" de la ley 3108-A -Ley de Ministerios-, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible, un artículo que queda redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 24 BIS: Son competencias del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible:
1. Entender en el ordenamiento ambiental, territorial y productivo y la planificación del Territorio urbano, periurbano y rural, con vistas a lograr un desarrollo sostenible, territorialmente equilibrado y socialmente equitativo.
2. Participar y articular en conjunto con otras jurisdicciones en la actualización e instrumentación del Plan Estratégico Territorial y programas de desarrollo para la orientación de la inversión pública y privada en el territorio provincial garantizando el acceso a infraestructura y servicios básicos sociales y productivos necesarios para lograr la integración del territorio.
3. Formular planes y programas estructurales para el desarrollo social y productivo sobre la base de las cadenas y redes de valor con identidad territorial gestionando recursos de cooperación financieros y técnicos con el objeto de asegurar el desarrollo sostenible del territorio y de sus economías locales y regionales.
4. Establecer parámetros de regulación, manejo y conservación del suelo como recurso natural no renovable y como recurso económico y social, entendiendo en el proceso Oficina: Av. Rivadavia Nº 322 Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500
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