Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 06/09/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

Lunes 06 de Septiembre de 2021

EDICION Nº 10.707

Social Nº441/92, Art. 4 y Anexo II, Decreto Nº 910/16 Arts. 3 y 4, Resolución T.C. Nº 30/14 Anexo I, art. 49, inc. a Pto. 7 e inc.
b; 4 Infracción a la Resolución del Interventor del Instituto de Previsión Social Nº441/92, Anexo II; 5 Deficiencias Contables; 6
Infracción a la Ley de Administración Financiera N 1092-A antes ley N 4787 Art.60 inc.a, a las Normas sobre rendiciones de Cuentas aprobadas como Anexo por Resolución T.C. N30/14, art. 8 y a la Resolución N334 de Contaduría General de la Provincia que aprueba el Instructivo de Cierre - Año 2018, Anexo I, Punto 1.1. Deuda sin principio de contabilización; 7 Por Infracción al Decreto 2564/06 que aprueba los clasificadores de gastos y recursos para el presupuesto de la administración pública provincial
Anexo II y 8 Desorden Administrativo, conforme a lo determinado en Considerando 6. Por Secretaría, procédase a la apertura de los expedientes en los que se tramitarán los Juicios de Cuentas a los responsables solidarios mencionados a continuación, corriéndose traslado del Informe de la Fiscal de las fs. que en cada caso corresponde: Dr. José Adán Molfino DNI N25.534.302
fs. 267 vta./269 y fs.271 vta./279, Lic. Juan Carlos Pedrini DNI Nº 17.150.265 fs. 269 vta./271 y fs.271 vta./279 y Sra. Vivian L. Guerra DNI Nº 21.526.065 fs. 267 vta./279, emplazándolos por el término de 30 treinta días, plazo máximo permitido por el Art. 46 de la Ley Nº 831 - A antes Ley Nº 4159, a contestar por escrito las observaciones formuladas, bajo apercibimiento de dar por decaído el derecho a ofrecer descargos y/o pruebas, y haciéndoles conocer la constitución de la Sala que entenderá en la causa. Comunica las irregularidades detectadas y plasmadas en Informe Nº 23/19 fs. 261/263 vta., del que deberá enviarse copia, al Presidente del In.S.S.Se.P., Cr. Javier Turienzo, con domicilio en Avda. 9 de Julio 347 Resistencia Chaco, a fin de que como máxima autoridad del Instituto adopte las medidas que estime necesarias a fin de corregirlas y a los Órganos rectores de cada Sistema que se detallan a continuación, en lo que refiere al ámbito de su competencia: Dirección General de Gestión de Bienes, en carácter de órgano rector del sistema de gestión de bienes, con domicilio en Marcelo T. de Alvear Nº 145, 6to. Piso Casa de Gobierno Ciudad; Contaduría General de la Provincia, en carácter de órgano rector del sistema de contabilidad gubernamental, con domicilio en Marcelo T. de Alvear Nº 145, 1er. Piso Casa de Gobierno Ciudad y Tesorería General de la Provincia, con domicilio en Marcelo T. de Alvear Nº 145, Entrepiso B Casa de Gobierno Ciudad.
RESOLUCIÓN Nº 116/19 - ACUERDO SALA I EXPTE Nº 403220413-25923-E
Dispone el archivo de las Actuaciones por Inexistencia de Responsabilidad Administrativa de Contenido Patrimonial, conforme lo establecido por el art. 60 inc B de la Ley Nº 831-A antes Ley Nº 4159, Orgánica del Tribunal de Cuentas.RESOLUCIÓN SALA I N 126/19 EXPTE. N 401080318-29354-E
Declara responsables a la Cra. Claudia Rosana Tarico DNI Nº 25.672.936 y al Cr. Mateo Javier Kanjer DNI Nº 16.776.290, condenándolos por las observaciones con alcance de Reparo formuladas en forma solidaria por la Fiscalía Relatora y aplicar a cada uno de ellos la multa de Cinco mil pesos $ 5.000,00, prevista por el Artículo 6 Apartado 5 Inciso a Subinciso 6 de la Ley N 831-A. Intima a los responsables al pago de la suma que en concepto de Multa se determina, en el plazo establecido en el Artículo 84 de la Ley N 831-A. Vencido el mismo quedará constituido en mora. Da intervención a Fiscalía de Estado, conforme lo prescribe el Artículo 86 de la Ley N 831-A, para promover la acción ejecutiva pertinente en caso de incumplimiento.
RESOLUCIÓN Nº 115/19 - ACUERDO SALA II Nº 402031218-29941-E
Aplica al Sr. Intendente Municipal de Corzuela, Rafael Rubén Carrara, una multa de Diez mil pesos $10.000,00; de acuerdo a lo establecido en el artículo 6, apartado 5, inciso a, subinciso 1 de la Ley N 831 - A antes Ley N 4159. Intima al responsable al pago de la multa aplicada en el plazo establecido por el art. 84 de la Ley N 831 - A antes Ley N 4159. Vencido el mismo, quedará constituido en mora. Da intervención a Fiscalía de Estado, conforme lo prescribe el Art. 86 de la Ley N 831 - A antes Ley N 4159, para promover la acción ejecutiva pertinente en caso de incumplimiento al artículo 2 de la presente.
RESOLUCIÓN Nº 68/19 - ACUERDO SALA I EXPTE. Nº 40106021829256
Aprueba sin observaciones la Rendición de Cuentas de "CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA EJERCICIO 2018".
Da intervención al área Juicio Administrativo de Responsabilidad para su dilucidación.
RESOLUCIÓN Nº 20/20 - ACUERDO PLENARIO EXPTE Nº 401020714-26658-E
Modifica la Resolución de Sala I Nº 175/17 Art. 1º Cpde. Acuerdo Sala I Nº 28/17 Pto. 9º y mantiene la responsabilidad del Prof.
Ubaldo Fabián Núñez DNI Nº 14.930.763 en su carácter de Ex Director de Administración a/c del M.E.C.C y T. por los hechos verificados en la presente causa. Hace saber al responsable que los montos del Cargo y la multa determinados en el Art. 1, deberán hacerse efectivos en este Tribunal de Cuentas, en el plazo previsto por el Artículo 84 de la Ley N 831 A, bajo apercibimiento de su ejecución judicial por conducto de Fiscalía de Estado, para lo cual se le dará oportuna intervención conforme al Artículo 86 del mismo cuerpo legal.
ACUERDO SALA I Nº 94/19 EXPTE. Nº 401.080218-29.263-E
Aprueba, con observaciones, la Rendición de Cuentas de la "Secretaría de Inversiones, Asuntos Internacionales y Promoción Ejercicio 2018". Inicia Juicio de Cuentas a la Sra. Silvia Ana María Orbani DNI Nº 17.705.093 a quien se le formula observaciones con alcance de Reparo y aplicación de multa. Por Secretaría, proceder a la apertura del expediente en el que se tramitará el Juicio de Cuentas a la responsable citada en el artículo 2º, corriéndose traslado del informe de la Fiscal de fs. 409 vta./410 a la Sra. Silvia Ana María Orbani, emplazándola por el término de treinta 30 días, plazo máximo establecido por el art. 46 de la Ley Nº 831 A, a contestar por escrito las observaciones formuladas, bajo apercibimiento de dar por decaído el derecho de ofrecer descargo y/o pruebas, haciéndole conocer la constitución de la SALA que habrá de entender en la causa.
RESOLUCIÓN Nº 69/19 - ACUERDO SALA I EXPTE. Nº 40108021829264
Aprueba sin observaciones la Rendición de Cuentas de "TESORERIA GENERAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Jurisdicción 26 EJERCICIO 2018". Da intervención al área Juicio Administrativo de Responsabilidad para su dilucidación.
RESOLUCIÓN Nº 125/19 - ACUERDO SALA I EXPTE Nº 401290517-28823-E
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 06/09/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data06/09/2021

Conteggio pagine38

Numero di edizioni3287

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione02/09/2026

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