Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 27/01/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Miércoles 27 de Enero de 2021
EDICION Nº 10.618
ARTÍCULO 1: Institúyese el día 16 de junio de cada año el Día de la Mujer Policía Chaqueña, en conmemoración al nombramiento de la primera mujer policía en obtener la máxima jerarquía del escalafón de la Policía de la Provincia del Chaco, Comisario General Analía Verónica Ramírez.
ARTÍCULO 2: El Ministerio de Seguridad y Justicia y la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros, en oportunidad de la conmemoración anual que instituye esta ley, otorgarán un reconocimiento anual a la mujer policía que por su labor destacada la haga merecedora de tal distinción.
A tal efecto, la reglamentación determinará las bases y condiciones, las que deberán ajustarse a los siguientes criterios:
a Su contribución a la promoción de derechos de las mujeres e identidades diversas en la fuerza policial y en pos de la igualdad de derechos de las personas.
b Las acciones en pos de mejorar la calidad institucional en el marco de una política de seguridad pública democrática.
c Su esfuerzo en la formación personal y contribución colectiva en materia de derechos humanos.
d Sus aportes para impulsar reformas con perspectiva de género y diversidad.
e Sus acciones promoviendo el diálogo y resolución de conflictos por vías de negociación.
ARTÍCULO 3: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil veinte.
Dario Gamarra Hugo Abel Sager Secretario Presidente DECRETO Nº 1770
Resistencia, 10 de diciembre de 2020.
VISTO:
La sanción legislativa N 3.273-A; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley N 1.024-B, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa N 3.273-A, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Zalazar Capitanich s/c E:27/01/2021
JUDICIALES
EDICTO: EL SR. JUEZ DE EJECUCION PENAL Nº2 DR. JUAN JOSE CIMA, HACE SABER QUE RESPECTO
DE ARMANDO IGNACIO MOOR, de nacionalidad ARGENTINA, DNI Nº 35307293, nacido en RESISTENCIA, el día:
26/06/1990, de 30 años de edad, de estado civil: Soltero, de ocupación: ALBAÑIL, con domicilio en: COMANDANTE
FONTANA 2784 VILLA EL TALA RESISTENCIA, hijo de MOOR, RICARDO IGNACIO y QUINTANA, ANA OFELIA, Prontuario Prov. 48548-CF, Prontuario Nac. S/D, en los autos "MOOR ARMANDO IGNACIO S/ EJECUCION DE PENA EFECTIVA PRESO", Expte. Nº34100/2020-1, se ejecuta la Sentencia Nº119-20 DEL 30-10-2020 dictada por el/la CAMARA
PRIMERA EN LO CRIMINAL - PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO en la causa Nº 34335/2018-1
"AMARILLA, SANTIAGO EZEQUIEL; ALMIRÓN, RAÚL RUBÉN; MOOR, ARMANDO IGNACIO S/ROBO CALIFICADO
POR SER COMETIDO EN POBLADO EN BANDA Y CON ESCALAMIENTO" y en sus agregadas por cuerda Nº 33117/20161 caratulada: "AMARILLA SANTIAGO EZEQUIEL; AMARILLA FRANCO SEBASTIAN; AMARILLA NESTOR DAVID S/
ENCUBRIMIENTO"; Nº 36554/2015-1 caratulada: "MOOR ARMANDO IGNACIO S/ ROBO", Nº 3764/2017-1 caratulada:
"AMARILLA SANTIAGO EZEQUIEL; NEYRET JONATHAN S/ ROBO EN GRADO DE TENTATIVA AGRAVADO POR LA
PARTICIPACIÓN DE UN MENOR", Nº 37880/2017-1 caratulada: "AMARILLA SANTIAGO EZEQUIEL S/ ROBO", Nº 32288/2017-1 caratulada: "AMARILLA SANTIAGO EZEQUIEL; AMARILLA FRANCO SEBASTIAN S/ DESOBEDIENCIA
JUDICIAL" y Nº 44871/2018-1, caratulada: "AMARILLA SANTIAGO EZEQUIEL; AMARILLA FRANCO SEBASTIAN S/
HURTO", Fallo que en su parte pertinente reza: I.- CONDENANDO al imputado ARMANDO IGNACIO MOOR, de filiación referida en autos, como autor responsable de delitos de robo calificado por ser cometido en poblado en banda y con escalamiento Art. 167 inc 2 y 4 del C.P. y Robo art. 164 del C.P. todo ello en concurso real art. 55 del CP, a sufrir la pena de tres 03 años y cuatro 04 meses de prisión efectiva y accesorias legales art. 12 del C.P., en esta causa Nº 34335/2018-1 y su agregada por Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500
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