Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 19/02/2018

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GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHACO

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AÑO LXII
EDICION 16 PAGINAS

DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES

TIRAJE: 650 EJEMPLARES

RESISTENCIA, LUNES 19 DE FEBRERO DE 2018

EDICION N 10.193

RESOLUCIONES
ATP - ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA PROVINCIAL
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESOLUCION GENERAL Nº 1936
VISTO:
La Resolución General N 1367 y la Resolución General Nº 1927, y;
CONSIDERANDO:
Que en las citadas resoluciones, se establecieron los valores referidos a los productos primarios que se trasladan fuera de la jurisdicción provincial, que servirán como base para liquidar y justificar el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Adicional 10% Ley Nº 666-K antes N 3565;
Que en función a la variación registrada en los precios de comercialización de determinados productos agropecuarios, resulta oportuno ajustar ciertos importes consignados en la Resolución General N 1927, con el objeto de establecer nuevos valores que reflejen la realidad comercial;
Que han tomado intervención que les compete las Direcciones de Fiscalización y Frontera y sus dependencias respectivas;
Que la Administración Tributaria Provincial se halla debidamente autorizada, conforme a las facultades que le confieren el Código Tributario Provincial Decreto-Ley 2444/62 y sus modificaciones y su Ley Orgánica Nº 330 t.o. y modificatoria Nº 5304;
Por ello;
LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE
LA PROVINCIA DEL CHACO
RESUELVE:
Artículo 1º: Sustitúyase la planilla Anexa I de la Resolución General Nº 1927 utilizada para la liquidación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Adicional 10% , a que se refiere la Resolución General Nº 1367 -t.v.-, por la Planilla Anexa a la presente, a partir del 19 de febrero de 2018.
Cuando el impuesto calculado sobre los valores reales pactados sea superior a lo que se deduce de tales Planillas Anexas, según la documentación exhibida, por estimación razonable de los contribuyentes o responsables o cuando se trate de bienes no comprendidos en las mismas, corresponderá tomar como base para la liquidación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, a dichos valores reales.
Artículo 2º: A los valores establecidos en la Planilla Anexa a la presente resolución, se le deberá liquidar y agregar, además, el adicional 10% - Ley Nº 666-k antes Ley Nº 3565.
Artículo 3º: Tomen razón las distintas dependencias de esta Administración Tributaria Provincial. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA PROVINCIAL, 15 DE FEBRERO DE 2018
C.P. JOSE VALENTIN BENITEZ ADMINISTRADORADMINISTRACION TRIBUTARIA PROVINCIAL -Cra.
NUÑEZ TERESA a/c DIRECCION TECNICA JURIDICO ATP - C.P. LEANDRO M. HONNORAT DPTO.
SECRETARIA TECNICA ATP.

ANEXO A LA RESOLUCION GENERAL Nº 1936
PLANILLA ANEXA N I - CEREALES Y OTROS
DESCRIPCION
IMPUESTO
POR TONELADA
Algodón 40
Caña de Azúcar 20
Arroz 20
Soja 55
Girasol 59
Maíz 30
Lino 20
Alfalfa 40
Sorgo 23
Trigo 33
Avena 20
Chía 20
Cártamo 40
C.P. Jose Valentin Benitez, Administrador General s/c.
E:19/2/18

RESOLUCION GENERAL Nº 1937
VISTO:
La Resolución General N1566 -t.v.- y la Resolución General Nº 1930, y;
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución General Nº 1566/08 t.v., la Administración Tributaria establece un sistema de pagos a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Adicional 10% --Ley Nº 666 K-- antes Nº 3565, aplicable a los contribuyentes con sede en otras provincias que ingresen productos a la Provincia del Chaco para su comercialización;
Que en función de la variación en los precios de comercialización de determinados productos agropecuarios, resulta oportuno ajustar ciertos valores consignados en la Resolución General N 1930, los cuales son utilizados como base para el cálculo de los anticipos correspondientes;
Que han tomado intervención que les compete las Direcciones de Fiscalización y Frontera y sus dependencias respectivas;
Que la Administración Tributaria Provincial se halla debidamente autorizada, conforme a las facultades que le confieren el Código Tributario Provincial Decreto-Ley 2444/62 y sus modificaciones y su Ley Orgánica Nº 330 t.o. y modificatoria Nº 5304;
Por ello;
LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE
LA PROVINCIA DEL CHACO
RESUELVE:
Artículo 1º: Sustitúyase de la planilla Anexa a la Resolución General Nº 1930, utilizada para la liquidación del anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Adicional 10% a que se refiere la Resolución General Nº 1566 -t.v.- cuando no existiera monto de la operación o el mismo se considere inferior a los reales pactados, los valores de los siguientes productos:

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 19/02/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data19/02/2018

Conteggio pagine16

Numero di edizioni3255

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione08/06/2026

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