Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 24/04/2017
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Correo Oficial
Boletín Oficial Franqueo a pagar C uent a Nº 17017F10
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Registro de la
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
SUBSECRETARÍA DE LEGAL Y TÉCNICA
DRA. NADIA GARCIA AMUD
Subsecretaria
DIRECCIÓN BOLETÍN OFICIAL
DR. VÍCTOR HUGO MARTEL
Director
Propiedad Intelectual 948.707
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AÑO LXII
EDICION 20 PAGINAS
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
RESISTENCIA, LUNES 24 DE ABRIL DE 2017
RESOLUCIONES
PROVINCIA DEL CHACO
APA - ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DEL AGUA
Resistencia, 27 marzo 2017
RESOLUCIÓN Nº 0264-17
VISTO:
La Resolución N 1083/16; y CONSIDERANDO:
Que, la Resolución mencionada establece la facultad del Directorio de modificar en cualquier momento por otros instrumentos legales, los montos de Concesión y el Derecho de Canon Anual;
Que, habiendo analizado la misma, resulta procedente modificar la forma de determinar el cálculo del importe resultante del Canon Anual, estableciéndose el valor de pesos dieciocho mil $18.000,00 hasta la concesión de quinientos 500 metros lineales o menos y en caso de superar esa longitud, a la totalidad de metros se la multiplica por $ 36; continuando vigente el importe de $18.000,00 en concepto de inscripción, debiendo depositarse las mismas en la Cuenta Corriente N 1034809CBU 3110030201000010348096- Sucursal 30 del Nuevo Banco del Chaco;
Que, resulta necesario dejar modificar el Articulo 1 de la Resolución N 1083/16, quedando redactado de la siguiente manera: "Artículo 1: "Modificar el Artículo 1 de la Resolución N 1083/16, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Establecer la suma de PESOS DIECIOCHO MIL $18.000,00 como importe a abonar por cada beneficiario por el otorgamiento de cuatro 4 años de Concesión de Amarraderos de Barcazas en zonas ribereñas de Islas, en los términos de la Resolución N 502/16 y/o modificatorias que pudieran existir y como Canon Anual de Amarraderos de Barcazas la suma de PESOS DIECIOCHO MIL $18.000,00, hasta quinientos 500 metros, superada esa longitud, la cifra resultante surgirá del producto de la cantidad de metros lineales por pesos treinta y seis $ 36,00, que deberán depositarse en la Cuenta Corriente N 1034809- CBU
3110030201000010348096- Sucursal 30 del Nuevo Banco del Chaco, tomándose como fecha de vencimiento la misma de los años subsiguientes del primer depósito, hasta cumplir el período de validez de la concesión, teniéndose en cuenta la legislación vigente;
Que, por ello;
EL DIRECTORIO DE LA
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DEL AGUA
RESUELVE:
Artículo 1: "Modificar el Artículo 1 de la Resólutión N
1083/16, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Establecer la suma de PESOS DIECIOCHO MIL
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 10.072
$18.000,00 como importe a abonar por cada beneficiario por el otorgamiento de cuatro 4 años de Concesión de Amarraderos de Barcazas en zonas ribereñas de Islas, en los términos de la Resolución N 502/16 y/o modificatorias que pudieran existir y como Canon Anual de Amarraderos de Barcazas la suma de PESOS DIECIOCHO MIL $18.000,00, hasta quinientos 500 metros, superada esa longitud, la cifra resultante surgirá del producto de la cantidad de metros lineales, por pesos treinta y seis $ 36,00, que deberán depositarse en la Cuenta Corriente N
1034809CBU
3110030201000010348096- Sucursal 30 del Nuevo Banco del Chaco, tomándose como fecha de vencimiento la misma de los años subsiguientes del primer depósito, hasta cumplir el período de validez de la concesión, teniéndose en cuenta la legislación vigente, conforme lo expuesto en los Considerandos.Artículo 2: Regístrese, notifíquese y oportunamente archívese.Ing. Francisco M . Zisuela, Presidente Ing. Arce Ricardo M atías, Vocal Cr. Gustavo José A. DAlessandro, Vocal s/c.
E:24/4 V:28/4/17
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
PROVINCIA DEL CHACO
MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y
RELACIÓN CON LA COMUNIDAD
RESOLUCION N 0344 de fecha 10.04.2017.
ARTICULO 1: Adscribir a partir del primer día hábil siguiente de la fecha de notificación de la presente Resolución y hasta el 31 de diciembre de 2017, a la agente Roxana Elisabeth Villareal, D.N.I. N 29.625.646, del Programa 15 - Registro de la Propiedad - Actividad Específica 01 - Registro de la Propiedad - CUOF N 221 Dirección Registro de la Propiedad Inmueble Pcia. Roque Sáenz Peña, al Programa 14 - Registro Civil - Actividad Específica 01 - Registro y Certificación de Personas Físicas - CUOF N 45 - Registro Civil de Las Breñas, ambas Unidades administrativas dependientes de la Jurisdicción 3 - Ministerio de Gobierno, Justicia y Relación con la Comunidad, de conformidad a los motivos expuestos en los considerandos del presente Instrumento legal.
ARTICULO 2: Establecer que la agente mencionada en el artículo 1 de la presente Resolución mantendrá la totalidad de las remuneraciones que percibe en su lugar de origen, inherentes a su cargo.ARTICULO 3º: La Medida dispuesta en el presente instrumento legal, se encuadra en los lineamientos fijados en el Decreto N 251/13 y deberá oportunamente tramitarse el Respectivo Decreto que exceptué la pre-