Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 25/03/2013
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
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SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
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Franqueo a pagar Registro de la 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
CASA DE GOBIERNO
Cuenta 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
948.707
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Director: JULIO RENE SOTELO
Nº 17017F10
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Correo Oficial
Boletín Oficial Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 362 4453520 - CTX 53520
AÑO LX
EDICION 12 PAGINAS
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
RESISTENCIA, LUNES 25 DE MARZO DE 2013
EDICION N 9.478
DECRETO Nº 345
Resistencia, 12 marzo 2013
LEYES
VISTO:
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 7185
ARTÍCULO 1: Créase la Comisión de Propuestas para la Reforma Municipal, que estará integrada por:
1 Tres 3 representantes del Poder Ejecutivo.
2 El Poder Legislativo, a través de su Presidente, de los diputados miembros de la Comisión de Asuntos Municipales y los diputados que lo soliciten.
3 Representantes de los foros partidarios de intendentes de los municipios:
Dos 2 de Primera Categoría.
Dos 2 de Segunda Categoría.
Dos 2 de Tercera Categoría.
ARTÍCULO 2: La Comisión de Propuestas para la Reforma Municipal tendrá como objetivo elevar a las comisiones respectivas sugerencias respecto de las siguientes temáticas municipales:
a Ley 4233 Orgánica de Municipios y sus modificatorias.
b Ley 3188 Fondo de Participación Municipal y sus modificatorias.
c Recategorización de municipios, teniendo en cuenta el último censo provincial.
d Nuevos municipios, que reúnan las condiciones exigidas por la normativa vigente.
e Funciones y potestades tributarias.
f Programa alimentario-sanitario de cada municipio.
ARTÍCULO 3: Las reuniones de la Comisión de Propuestas para la Reforma Municipal, se realizarán en el ámbito del Poder Ejecutivo, determinándose su periodicidad por el mismo y serán convocadas por el Gobierno de la Provincia.
ARTÍCULO 4: El Poder Ejecutivo reglamentará la presente dentro de los treinta días corridos, contados a partir de su promulgación.
ARTÍCULO 5: Invitase a los municipios de la Provincia a adherirse a la presente.
ARTÍCULO 6º: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los seis días del mes de marzo del año dos mil trece.
Pablo L. D. Bosch, Secretario Eduardo Alberto Aguilar, Presidente
La sanción legislativa N 7.185; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley N 4.647, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
D E C R E T A:
Artículo 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa N 7.185, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Capitanich / Pedrini s/c.
E:25/3/13
RESOLUCIONES
PROVINCIA DEL CHACO
TESORERÍA GENERAL DE LA PROVINCIA
RESOLUCIÓN N 0036/2013
Resistencia, 15 de marzo de 2013
VISTO:
El decreto Nº 108/13, las Resoluciones del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas Nº 15/13, Nº 23/13, Nº 81/13, y Nº 86/13 y la Resolución 42/2013 de la Secretaría de Hacienda de la Nación.
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 108/12, el Poder Ejecutivo Provincial autorizó a la Tesorería General de la Provincia a emitir letras de corto plazo, según lo prescripto por el Artículo 105 de la Ley Nº 4.787;
Que, el Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, emitió la Resolución Nº 81/13 en la que se reglamentó el llamado a licitación correspondiente al presente tramo de emisión de Letras de Tesorería y se fijaron las condiciones particulares de los instrumentos, con los límites fijados por el Decreto citado precedentemente y por las Resoluciones Nº 15/13 y Nº 23/13 del citado Ministerio;
Que se ha realizado la licitación de las Letras en cuestión;