Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 28/02/2003
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
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SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
CASA DE GOBIERNO
S.C. G.
Director: Dr.CARLOS EDUARDO CLAUDIANI
Cuenta N 17.100
Oficina Boletín Oficial: Julio A. Roca 227 Planta Alta AÑO XLVIII
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
RESISTENCIA, VIERNES 28 DE FEBRERO DE 2003
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESOLUCION Nº 0047
Resistencia, 24 de febrero 2003
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que deben aprobarse las fechas de corte y de conversión de Certificados de Cancelación de Obligaciones de la Provincia del Chaco Quebracho en adelante, Quebracho por Letras de Cancelación de Obligaciones Provinciales en adelante, LECOP para el período corresponiente al mes de febrero de 2003, de conformidad con lo determinado por los artículos 14 y 18 del Marco Regulatorio Básico, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0317/01 y sus modificatorias;
Que, asimismo, deben determinarse las cantidades de LECOP que el Ministerio pondrá a disposición de las diferentes operatorias de conversión, en cumplimiento de lo determinado por los artículos 4, 19 y 20 del referido Marco texto vigente; por ello, EL MINISTRO DE ECONOMIA, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º:
ESTABLECESE el día 18 de marzo de 2003, la fecha de corte para la operatoria normada por el Capítulo 1 del Marco Regulatorio Básico, aprobado por Resolución Ministerial N 317/01 texto vigente, para los impuesto nacionales cuyas fechas de vencimiento tengan o hayan tenido lugar en el transcurso del mes de Marzo de 2003 período de conversión.
Establécese el dia 25 de marzo de 2003, la fecha única de conversión para la operatoria y el periodo a que alude el párrafo anterior.
La fecha determinada en el párrafo anterior es la que utilizará el Banco para realizar, en forma automática, la conversión a la que se refiere el artículo 12 del Marco Regulatorio Básico.
Para la operatoria y el período a los que se refiere este artículo, la cantidad de LECOP puesta a disposición, según el artículo 4 del Marco Regulatorio Básico texto vigente es, en la expresión del valor nominal de las mismas, de QUINIENTOS MIL PESOS V$N = $ 500.000.
ARTICULO 2: Establécese el dia 28 de febrero de 2003, la fecha de corte para la operatoria normada por el Capitulo 2 del Marco Regulatorio Básico, aprobado por Resolución Ministerial N317/01 texto vigente, para el período de actividad que finaliza el día hábil inmediato anterior a la fecha de corte.
Establécese el dia 18 de marzo de 2003, la fecha única de conversión para la operatoría y el perlodo a que alude el párrafo anterior.
Para la operatoria y el período de actividad a los que se refiere este artlculo, la cantidad de LECOP puesta a disposición, según los articulos 19 y 20 del Marco Regulatorio Básico texto vigente es, en la expresión del valor nominal de las mismas, de SIETE MILLONES QUINIENTOS
MIL PESOS VN= $7.500.000.
ARTICULO 3: Para la operatoria cuya fecha de corte establece el artículo 2 de esta Resolución, el saldo que determina el artículo 22 del Marco Regulatorio Básico, será de libre disponibilidad, por el titular de la respectiva cuenta, a partir de la fecha en que el Banco comunique la
948.707
Tel. 03722 453520 - CTX Int. 03527
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 12 PAGINAS
8.001
Registro de la Propiedad Intelectual
EDICION N
información que corresponda, según el artículo 23 del referido Marco Regulatorio.
ARTICULO 4: El plazo máximo para recepción de solicitudes de los interesados, en las fechas de corte que correspondan a cada operatoria, es el de la finalización de las actividades matutinas ordinarias del Nuevo Banco del Chaco S.A.
ARTICULO 5: Regístrese, comuníquese al Nuevo Banco del Chaco S.A. y a la Tesorería General, publíquese en el Boletín Oficial y en medios de difusión públíca y archivese.
C.P.N. Carlos José Soporsky Ministro de Economía, Obras y Servicios Públicos s/c.
E:28/2/03
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
TRIBUNAL DE CUENTAS
RESOLUCIÓN Nº 155/02 SALA I
EXPTE. Nº 401040400-14.977-E
Libera de responsabilidad al Sr. Rubén Avarrateguy por los hechos objeto de la presente causa.
Dispone el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo previsto en el Art. 52º de la Ley 4.159.
RESOLUCIÓN Nº 154/02 SALA I
EXPTE. Nº 401040400-14.958-E
Libera de responsabilidad al Sr. Cirilo Curuchet por los hechos objeto de la presente causa.
Dispone el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo previsto en el Art. 52º de la Ley 4.159.
Dr. Víctor Rolando Arbués Secretario Subrogante s/c.
E:26/2v:3/3/03
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A.P.A.
ADMINISTRACION PROVINCIAL DEL AGUA
RESOLUCION Nº 021/03
ARTICULO 1º: CERTIFÍCASE que los terrenos ubicados catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Chacras 50, 51, 54, 55, 58, 59, 62 y 63 de la Ciudad de Resistencia, Departamento San Fernando se encuentran en zona de advertencia, con las características y restricciones del terreno encuadradas con los usos permitidos del suelo por riesgo de inundación establecidas en la Resolución Nº 1111/98-Anexo III de esta Administración Provincial del Agua, de conformidad a los Considerandos y los antecedentes obrantes en el Expediente Nº 270150103-0007/E.
ARTICULO 2º: DETERMÍNASE que previo a cualquier tramitación de proyecto de urbanización por parte de Zona Franca del Chaco S.A. que involucre al predio indicado en el Artículo precedente éste deberá contar con la aprobación de la Administración Provincial del Agua, presentando para ello una planimetría de todo el predio con las modificaciones y/o uso del suelo.
Ing. Hugo Rubén Rohrmann, Presidente s/c.
E:26/2v:28/2/03
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PROVINCIA DEL CHACO
A. P. A.
Administración Provincial del Agua RESOLUCION Nº 034/03
DECLARASE de Interés Pública e Interés Social la obra