Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 21/10/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Por ello, en razón del pedido formulado, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. 3 inc. i y 17 de la Ley Nº 8830, EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º- Apruébese el CONVENIO celebrado entre la Secretaría de Gobierno de Salud del Ministerio de Salud y Desarrollo Social - Presidencia de la Nación, representada por el Sr. Secretario de Gobierno de Salud Dr. Adolfo Rubinstein y el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de la Provincia de Mendoza, representado por la Sra. Ministra Cdora. Elisabeth Crescitelli, para la ejecución del PROYECTO
PARA EL DIAGNÓSTICO DE SITUACIÓN, ANÁLISIS Y EL FORTALECIMIENTO DE LAS POLÍTICAS
RELACIONADAS CON LA PROHIBICIÓN DE LA PUBLICIDAD, PROMOCIÓN Y PATROCINIO DEL
TABACO, el que como Anexo forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 2º- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
LIC. ALFREDO V. CORNEJO
CDORA. NELIDA ELISABETH CRESCITELLI
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este Aviso Oficial se publican en la edición web del Boletín Oficial del Gobierno de Mendoza --www.boletinoficial.mendoza.gov.ar--y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta dirección Provincial Av. Peltier 351 - 1º subsuelo - Cuerpo Central - Capital - Mendoza S/Cargo 21/10/2019 1 Pub.
MINISTERIO ECONOMÍA, INFRAESTRUCTURA Y ENERGÍA

Decreto N: 2259
MENDOZA, 08 DE OCTUBRE DE 2019.
Visto el Expediente Nº 3766-D-18-20108, mediante el cual la Empresa Distribuidora de Electricidad de Mendoza Sociedad Anónima EDEMSA, interpone Recurso de Alzada contra las Resoluciones Nº 063 y N 064 del año 2018, emitidas por el Directorio del Ente Provincial Regulador Eléctrico E.P.R.E.; y CONSIDERANDO:
Que se presenta la recurrente a plantear formal Recurso de Alzada contra las Resoluciones E.P.R.E. N
063/2018 y N 064/2018, mediante las cuales se dispuso el rechazo de los Recursos de Revocatoria oportunamente planteados.
Que corresponde analizar la procedencia formal de los recursos intentados y el cumplimiento de los requisitos formales por parte de la recurrente, el mismo es inadmisible, conforme lo dispuesto por el Artículo 184 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Que el Artículo 184 de la Ley N 9003, expresa: El recurso de alzada es obligatorio y se presentará directamente ante el Poder Ejecutivo, sin necesidad de que sea concedido por la autoridad superior de la entidad descentralizada en el plazo de quince 15 días desde que la decisión recurrida fue notificada al interesado. Y, en su párrafo cuarto, hace especial mención respecto a las decisiones de los organismos
BO-2019-05779912-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 21 de Octubre de 2019
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 14 de 100

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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 21/10/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaeseArgentina

Data21/10/2019

Conteggio pagine101

Numero di edizioni1823

Prima edizione20/01/2017

Ultima edizione05/06/2024

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