Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 4/3/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Lunes, 4 de marzo de 2024

PLANO

DENOMINACIÓN

Página 3

ESCALA

N.º HOJAS

F

CALIFICACIÓN NÚCLEOS URBANOS

1: 2.000

16

G

GESTIÓN NÚCLEOS URBANOS

1:2.000

16

H

ALINEACIONES Y RASANTES

1:2.000

72

I1

INFRAESTRUCTURA SANEAMIENTO

1:10.000

9

I2

INFRAESTRUCTURA AGUA

1:10.000

9

I3

INFRAESTRUCTURA ELECTRICIDAD Y ALUMBRADO

1:10.000

9

J1

INFRAESTRUCTURA SANEAMIENTO SAN PEDRO

1:2.000

16

J2

INFRAESTRUCTURA AGUA SAN PEDRO

1:2.000

16

J3

INFRAESTRUCTURA ELECTRICIDAD Y ALUMBRADO SAN PEDRO

1:2.000

16

J4

INFRAESTRUCTURA SANEAMIENTO MARBELLA

1:2.000

16

J5

INFRAESTRUCTURA AGUA MARBELLA

1:2.000

16

J6

INFRAESTRUCTURA ELECTRICIDAD Y ALUMBRADO MARBELLA

1:2.000

16

K

ESTRUCTURA VIARIA Y JERARQUÍA

1:5.000

26

2. Los demás documentos que componen el Plan General tienen un carácter complementario de los ya enunciados.
3. De existir discrepancias entre los distintos documentos del Plan General se otorgará primacía a las normas urbanísticas sobre cualquier otro documento y al texto escrito sobre el plano.
Las discrepancias entre estos últimos se solventarán dando prioridad al de mayor escala sobre el de menor. En todo caso, en los supuestos de imprecisión o discrepancia prevalecerá la solución más favorable a la mayor dotación de equipamiento comunitario.
4. Los datos relativos a las superficies de las unidades y polígonos de actuación, sectores de Planeamiento y áreas de suelo urbanizable no programado y, en general, de cuantos ámbitos delimite el Plan General son aproximados habida cuenta que los mismos son el resultado de una medición realizada sobre base cartográfica a E 1:2.000. En el supuesto de no coincidencia de dicha medición con la real del terreno comprendido dentro del ámbito referido, el instrumento de planeamiento que se formule en esos ámbitos para el desarrollo de las determinaciones del Plan General podrá corregir el dato de la superficie aumentándolo o disminuyéndolo según los casos, mediante la documentación justificativa necesaria, al que se aplicará el índice de edificabilidad y densidad definido en la ficha de características correspondiente.
CAPÍTULO 3

De los actos de intervención en la actividad de los particulares Artículo 26. Licencia de parcelación Con la solicitud de licencia de parcelación se acompañarán como mínimo los siguientes documentos, que en el caso de la memoria y planos será por triplicado:
a Memoria, en la que se haga referencia al Plan que establezca las condiciones de la parcelación, se describa la finca a parcelar, se justifique jurídica y técnicamente la operación de parcelación y se describan las parcelas resultantes con expresión de su superficie y localización.
b Copia de documentación gráfica en soporte digital y en formato CAD DWG o SAPE
todo ello georreferenciado en coordenadas UTM-ETRS-89.
c Nota simple expedida por el Registro de la Propiedad y ficha catastral de las parcelas, ambas actualizadas.
d Plano de situación o emplazamiento a escala no inferior a 1:2.000.

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Número 44

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 4/3/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data04/03/2024

Conteggio pagine99

Numero di edizioni5545

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione26/05/2024

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