Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 6/2/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Martes, 6 de febrero de 2024

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En aquellos casos en los que el sujeto pasivo sea miembro de familia numerosa de categoría general se le aplicará sobre las tarifas anteriores una reducción del 50 %.
2. En las bolsas de trabajo que conlleven proceso selectivo estarán exentos del pago del 50 % de la cuota, quienes tengan la condición de desempleados en el momento de la publicación de la convocatoria.
Para acreditar esta condición, será necesario aportar la vida laboral actualizada.
Cuarta. Admisión de aspirantes Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de diez días, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, que se publicará en los lugares previstos en la base tercera.
Los aspirantes tendrán un plazo de subsanación de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación, para la subsanación de los defectos apreciados.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en los lugares previstos en la base tercera. En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse la prueba de selección.
Quinta. Tribunal calificador El tribunal de selección, que será nombrado por decreto de la Alcaldía-Presidencia, juzgará los ejercicios del proceso selectivo, y su composición colegiada deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. La pertenencia al órgano de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
No podrán formar parte del tribunal de selección aquellas personas que hubiesen realizado tareas de preparación de personas aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria; tampoco podrán formar parte el personal de elección o designación política, el personal funcionario interino y el personal eventual.
El tribunal estará compuesto por cinco miembros: Uno, que ostentará la Presidencia, tres que tendrán la condición de vocales y una más que tendrá la condición de secretario/a, que actuará con voz y voto, debiendo designarse el mismo número de personas suplentes.
El tribunal de selección podrá proponer a la Presidencia de la Corporación la incorporación a sus trabajos de asesores/as especialistas, que colaborarán exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
Para la válida constitución del órgano, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia del presidente y secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.
Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos presentes, resolviendo el voto de calidad del presidente los supuestos de empate.
Todos las personas que integran el tribunal de selección, titulares y suplentes, deberán poseer una titulación igual o superior a la requerida para la plaza objeto de la convocatoria, y pertenecer al mismo grupo/nivel o superior, de los previstos en los artículos 76 y 77 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
El personal suplente nombrado para componer el tribunal de selección podrá actuar indistintamente en relación con su respectivo titular, excepto una vez iniciada una sesión, en la que no se podrá actuar simultáneamente. En los supuestos de ausencia de presidente titular o suplente, o secretario titular o suplente, las funciones de ambos serán ejercidas por los vocales designados.
Las personas que integran el tribunal de selección están sujetos a los supuestos de abstención y recusación, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas durante los cinco años inmediatamente
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Número 26

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 6/2/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data06/02/2024

Conteggio pagine25

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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