Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 28/12/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Martes, 28 de diciembre de 2021
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Lidia, David y Abelardo Bailón Ramírez, que consta de memoria expositiva, descriptiva y firma.
Informe favorable emitido por el Ingeniero de Caminos Municipal, don José Miguel García Rodríguez, de fecha 9 de noviembre de 2021, como complemento al anterior informe de fecha 26 de octubre de 2021, donde viene a manifestar que el proyecto de actuación así como la adenda al mismo presentada, para ampliación del centro hospitalario referido incluye la acreditación de la situación jurídica de los terrenos afectados y los plazos previstos para el inicio y terminación de las obras; cumpliendo así lo observado en el informe favorable de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Delegación Territorial de Málaga, de fecha 15 de octubre de 2021, dándose cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42.5 de la LOUA.
Informe del Asesor Jurídico, don Sergio Luis Fernández González, de fecha 9 de noviembre de 2021, en el que tras analizar los antecedentes, los fundamentos de derecho, describe la forma de tramitación del expediente y concluye con la procedencia de que se adopte acuerdo por el Ayuntamiento Pleno en virtud del cual se apruebe el proyecto de actuación urbanística para la ampliación del centro hospitalario que nos ocupa.
El expediente fue dictaminado favorablemente por la Comisión Informativa del Área de Fomento, Infraestructuras, Turismo y Seguridad Ciudadana, en su reunión celebrada el 25 de noviembre de 2021.
No produciéndose intervenciones por la Presidencia se somete a votación el asunto de referencia con el siguiente resultado: 19 votos a favor PP, 4 abstenciones PSOE y ningún voto en contra; en consecuencia por la mayoría que queda descrita se acuerda lo siguiente:
Primero. De conformidad con los informes técnicos municipales y el informe de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Delegación Territorial de Málaga, aprobar el proyecto de actuación urbanística para ampliación de centro hospitalario Hospiten Estepona en el partido El Velerín, carretera A-7, PK-162.2, advirtiendo que la concesión de licencia municipal de obras y, en su caso, de actividad, requerirá de los informes y autorizaciones de las administraciones sectoriales cuyas competencias pudieran verse afectadas, así como de la constitución de la prestación compensatoria y de la garantía de reposición de los daños que puedan provocarse conforme a lo previsto en artículos 52.5 y 52.4 de la LOUA.
Segundo. Que se proceda a la notificación del presente acuerdo al interesado y disponer por el Negociado de Urbanismo su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Lo preinserto concuerda con el borrador del acta de la sesión a que me refiero. Para que conste, a los efectos procedentes y a reserva de los términos que resulten de la aprobación de la misma, conforme a lo establecido en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, expido la presente de orden y con el visto bueno del señor Alcalde, don José María García Urbano.
El citado proyecto de actuación urbanística se encuentra disponible en la página web de este excelentísimo Ayuntamiento, en el siguiente enlace: https estepona.sedelectronica.es/
transparency/8fd844b9-f957-4c7a-a6df-85ae3aa23149/
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento de Estepona, de conformidad con los artículos 123 y 124 del Procedimiento Administrativo Común y de las Administraciones Públicas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Málaga, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación de conformidad con el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por
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Número 246