Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/12/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 232
Martes, 7 de diciembre de 2021
Página 13
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BURGO EL
A n u n cio Por resolución de Alcaldía, de fecha 24 de noviembre de 2021, se aprobó la resolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:
Considerando que corresponde a los tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.
Considerando que desde el 25 de noviembre de 2021 hasta el próximo día 28 de noviembre de 2021 ambos inclusive, el Alcalde-Presidente se encontrará ausente del municipio.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, R es u elvo Primero. Delegar en doña Fátima Berlanga Muñoz, primera Teniente de Alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, de conformidad con la legislación vigente, durante el periodo de ausencia.
Segundo. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el periodo de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Cuarto. La delegación conferida en el presente decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
Quinto. Publicar anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de edictos del Ayuntamiento a los efectos oportunos.
Sexto. Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.
Documento firmado electrónicamente.
CVE: 20211207-08109-2021 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
Resolución de Alcaldía